Home
>
8 claves sobre el caso Nestora Salgado
8 claves sobre el caso Nestora Salgado
Archivo Cuartoscuro
9 minutos de lectura

8 claves sobre el caso Nestora Salgado

28 de mayo, 2018
Por: Paris Martínez
@paris_martinez 

1.- ¿Quién acusa a Nestora Salgado de secuestro, homicidio y robo?
El julio de 2013, ante la entonces Procuraduría General de Justicia de Guerrero (hoy Fiscalía General del Estado) se presentaron familiares de seis personas, para denunciar que sus hijos e hijas habían sido secuestrados por Nestora Salgado, entonces comandante de la Policía Comunitaria de Olinalá.

Entre los presuntos secuestrados estaban un joven detenido tres meses antes por la Policía Comunitaria de Olinalá, luego de lesionar a uno de sus integrantes, así como cinco jóvenes (cuatro de ellas mujeres, dos menores de edad) arrestadas por el mismo cuerpo de policía “por irse de parranda sin permiso de sus padres”.

A partir de estas denuncias, la entonces Procuraduría de Guerrero (hoy Fiscalía), inició una investigación por secuestro en contra de Nestora Salgado, por la que obtuvo una orden de captura un mes después, el 20 de agosto de 2013, y luego solicitó ayuda al Ejército para que “impidieran a Nestora Salgado salir del territorio (de Olinalá) y sustraerse de la justicia”.

Al día siguiente, el 21 de agosto de 2013, el Ejército capturó la comandante de la Policía Comunitaria (sin presentar la orden de arresto, según su testimonio) y ese mismo día se libró una orden para catear cuatro “casas de justicia”, como la Policía Comunitaria denomina a los centros de detención que opera, en donde fueron liberadas 49 personas.

A partir del testimonio de estas personas, las autoridades ministeriales de Guerrero fincaron 50 cargos de secuestro a Nestora Salgado, nueve de privación de la libertad, dos de homicidio consumado, uno de homicidio en grado de tentativa y uno más por robo.

Sin embargo, dos años y ocho meses después de su captura, Nestora Salgado fue liberada, luego de que los jueces que llevaron todas sus causas penales concluyeran que no había “elementos para procesar”.

2.- ¿Por qué se desecharon las evidencias presentadas contra Nestora Salgado?
Los tres jueces que llevaron los casos en contra de Nestora Salgado determinaron que, en lo tocante a los delitos de “secuestro” y “privación de la libertad”, no había materia de estudio dado que la Policía Comunitaria de Guerrero sí está facultada por ley para realizar “detenciones” e imponer el cobro de “fianzas”, y que éstas no pueden ser consideradas secuestro ni rescates.

Por ello, al no haber secuestros qué perseguir, los jueces concluyeron que no había elementos para procesar a la acusada.

Uno de estos tres jueces, de hecho, señaló en sus conclusiones que “donde no existe delito, no existe delincuente”.

Las acusaciones del Ministerio Público de Guerrero fueron desechadas, aún cuando venían acompañadas de los testimonios de personas que señalaban a Nestora Salgado como la persona que les había cobrado dinero por la liberación de sus familiares.

Destacan tres testimonios: en el primero, se acusa a Salgado de exigir 5 mil pesos a cambio de liberar a una mujer detenida; en el segundo, de exigir 20 mil pesos; y en el tercero, de pedir no dinero, sino ganado.

En el caso del matrimonio que denunció el cobro de 5 mil pesos, incluido en la causa penal 48/2014, el juez identificó diversas contradicciones, y determinó que “no se conducen con probidad en los hechos que narran en sus diversas comparecencias ante el órgano investigador, y por lo tanto, sus declaraciones se desestiman”.

Luego, en el caso de la testigo que acusó a Salgado de exigirle 20 mil pesos a cambio de liberar a detenidos, el juez decidió no darle validez, ya que, en diversos puntos de su narración, esta mujer incluyó hechos que incluso se oponían a lo dicho por las personas que la Policía Comunitaria tuvo detenidas.

En el caso de esa testigo, todo lo dicho fue desechado porque su “testimonio va más allá de lo expuesto por los agraviados”, subrayó el juez en su resolución.

Por último, en un juicio distinto (vinculado con la causa penal 05/2014), el juez también desestimó dos testimonios en los que se acusaba a Salgado de exigir vacas a cambio de un detenido, ya que, concluyó, primero afirmaron nunca haber tenido contacto con la comandante de la Policía Comunitaria, y luego aseguraron que ésta les reclamó la entrega de ganado.

En ese caso, el juez determinó que “quedó demostrado que en ningún momento existió la exigencia de un pago para el rescate de determinada persona”.

Otras evidencias presentadas contra Nestora Salgado fueron las confesiones de siete elementos de la Policía Comunitaria que fueron detenidos, igual que ella, el 21 de julio de 2013, en los cuales, éstos reconocen que operaban como una banda de secuestradores.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos determinó que todos estos testimonios autoincriminatorios fueron obtenidos por el Ministerio Público, mediante tortura.

3.- ¿La Policía Comunitaria de Olinalá, Guerrero, opera dentro de la ley?
La Policía Comunitaria es un “cuerpo de seguridad pública auxiliar”, reconocido por la “Ley 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Guerrero”, aprobada por el Congreso del estado en el año 2011.

Entre otras cosas, esta ley otorgó pleno reconocimiento a los sistemas de justicia indígena desarrollados por los pueblos y comunidades de Guerrero, a través de los cuales “se presentan, tramitan y resuelven las controversias jurídicas que se suscitan entre los miembros de las comunidades indígenas, o entre éstos y terceros no indígenas”.

Para ello, el Congreso de Guerrero avaló la “existencia” de dos sistemas de justicia indígena, uno denominado “De la Costa-Montaña”, y otro nombrado “Consejo Regional de Autoridades Comunitarias”, CRAC.

Explícitamente, la Ley 701 dio “el reconocimiento de la Policía Comunitaria” como órgano encargado de la seguridad pública en las comunidades que así lo determinen, en su carácter de “cuerpo de seguridad auxiliar del Consejo Regional de Autoridades Comunitarias”, adscrito al Sistema Estatal de Seguridad Pública.

La Policía Comunitaria de Olinalá es parte de dicho Consejo Regional de Autoridades Comunitarias.

El pasado 24 de mayo, Luis Madrazo, uno de los voceros de la campaña presidencial priista, aseguró en entrevista (con Proyecto Puente), que los cuerpos de Policía Comunitaria de Guerrero “van en contra del estado de derecho”.

Tal afirmación, no obstante, queda desmentida por la misma Ley 701, según la cual la Policía Comunitaria es un cuerpo de seguridad pública oficial en el estado y, por lo tanto, dicha norma ordena que “los órganos del poder público y los particulares respetarán sus actuaciones, en el ejercicio de sus funciones, como actos de autoridad”.

4.- ¿La Policía Comunitaria respeta el marco internacional de derechos humanos?
Tras investigar las condiciones en las que opera la Policía Comunitaria de Guerrero, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos concluyó, en 2016, que integrantes este cuerpo de seguridad pública sí incurrieron en “abusos físicos y trato inhumano” en contra de personas que mantenían detenidas en sus cárceles.

La CNDH, por ejemplo, identificó al menos a 12 elementos de la Policía Comunitaria, que cometieron “hechos que atentan en contra de la integridad, trato digno, libertad sexual y el derecho a vivir una vida sin violencia”.

Los testimonios de algunas mujeres recabados por la CNDH, por ejemplo, señalan que sufrieron tocamientos de índole sexual por parte de elementos de la Policía Comunitaria, y que cuando reportaron esto a sus superiores, “sólo se rieron”.

Asimismo, los testimonios señalan que aquellos detenidos que no aceptaban realizar labores de “reeducación”, como cortar el pasto, barrer los patios o “levantar” frijol, no recibían alimento o, incluso, eran golpeados.

Además, la CNDH constató que en dichas cárceles se mantenía a las mujeres detenidas dentro de las mismas celdas que los hombres, por varios días.

6.- ¿Nestora Salgado vive en México?
Sí. Salgado es “mexicana por nacimiento”, originaria de Olinalá, Guerrero, y a los 20 años migró a Estados Unidos, país del que obtuvo la ciudadanía, sin renunciar a la mexicana.
Por esa razón, Salgado entra en la categoría (legalmente reconocida por México) de persona con “doble nacionalidad”.

En 2012, se asentó en México nuevamente, y fue nombrada por la comunidad de Olinalá como comandante de su recién creada Policía Comunitaria.

Tras ser detenida en 2013 y sometida a juicio por tres años, tan pronto como recuperó la libertad, en 2016, Nestora Salgado volvió a Estados Unidos.

En febrero de 2018, Salgado anunció su regreso a México y a Guerrero, para hacer campaña como candidata al Senado por el partido Morena.

Luego de que VerificadoMX hizo públicos los autos de libertad en favor de Salgado, en los cuales se establece que ésta fue liberada por falta de pruebas, la campaña del candidato presidencial José Antonio Meade (del PRI-PVEM-Panal) calificó dicha investigación periodística como un “invento”.

El 24 de mayo pasado, el vocero de la campaña, Luis Madrazo, aseguró que dicha información la “ha inventado Verificado”, e insistió en que, de los procesos iniciados en 2013 contra Salgado, “en uno fue liberada porque no se le ofreció ayuda consular”, a la cual tenía derecho por contar con la ciudadanía estadunidense, además de la mexicana.

No obstante, los jueces que llevaron los procesos contra Nestora Salgado nunca argumentaron que esa omisión de la Fiscalía de Guerrero fuese la razón para liberarla, sino que ésta se basó en la “falta de elementos” para someterla a proceso penal.

Aquí puedes consultar las notificaciones de libertad para Nestora Salgado, en las cuales, los jueces que llevaron los casos califican la falta de elementos como la razón de la liberación.

7.- ¿Nestora Salgado cubre los requisitos para ser candidata al Senado?
Según lo informado por Lorenzo Córdova, consejero presidente del Instituto Nacional Electoral, la excomandante de la Policía Comunitaria de Olinalá cumplió con todos los “requisitos de elegibilidad” para participar como candidata plurinominal al Senado en el actual proceso electoral.

Ciertamente, la Constitución mexicana establece que, para ser senador, se requiere “ser ciudadano mexicano por nacimiento”, y que los interesados “no adquieran otra nacionalidad”, como es el caso de Nestora Salgado, quien cuenta con doble nacionalidad: mexicana y estadounidense.

No obstante, el único órgano facultado para interpretar el sentido de dicha disposición constitucional es el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y por el momento, dicho organismo no ha incluido la doble nacionalidad de mexicanos por nacimiento entre las causas para no conceder la candidatura a una persona, tal como explicó Arturo Espinosa, catedrático de la UNAM, especialista en derecho constitucional y derecho electoral.

“Este es un tema que está sujeto a la interpretación del Tribunal –señaló el especialista–, porque la Constitución también puede ser leída bajo una óptica favorable a los ciudadanos mexicanos por nacimiento, que debido a la situación del país se ven obligados a migrar y, eventualmente, adquirir otra nacionalidad, como medio para mejorar sus condiciones de vida. De lo contrario, los mexicanos que migraron, y que vuelven al país, la tendrían cuesta arriba para ejercer sus derechos políticos.”

Lo cierto, concluyó, es que el Instituto Nacional Electoral dio por cumplidos los requisitos de elegibilidad en el caso de Nestora Salgado, al momento de su registro como candidata, y dicha decisión no fue impugnada por nadie.

La candidatura de Nestora Salgado puede ser impugnada, en caso de que obtenga la constancia de senadora electa.

8.- ¿Existen procesos penales abiertos contra Nestora Salgado?
De los siete autos de libertad emitidos en favor de la excomandante de la Policía Comunitaria de Olinalá, los seis que correspondían al fuero local (por los delitos de secuestro, privación de la libertad, robo y homicidio) fueron impugnados por la Fiscalía General del Estado de Guerrero.

Esta revisión de los autos de libertad se emprendió en mayo de 2018, según las notificaciones emitidas por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Guerrero, es decir, dos años después de su liberación, y luego de que la candidatura de Nestora Salgado al Senado fue anunciada, en febrero de 2018.

La primera audiencia para analizar las apelaciones de la Fiscalía, fue programada para el próximo 14 de junio, y una segunda para el 9 de julio. Esa audiencia, sin embargo, es sólo para evaluar si las apelaciones del Ministerio Público tienen sustento.

Lo que hacemos en Animal Político requiere de periodistas profesionales, trabajo en equipo, mantener diálogo con los lectores y algo muy importante: independencia
Tú puedes ayudarnos a seguir.
Sé parte del equipo
Suscríbete a Animal Político, recibe beneficios y apoya el periodismo libre.
Etiquetas:
abogados de Nestora Salgado
Nestora Salgado
procesos abiertos
Iniciar sesión

Registrate
Suscribete para comentar...
Imagen BBC