Julián Leyzaola, exsecretario de Seguridad Pública (SSP) de Tijuana (2008-2010) y Ciudad Juárez (2011-2013), está registrado como candidato a diputado por la coalición Juntos Haremos Historia, conformada por los partidos Encuentro Social y Movimiento de Regeneración Nacional (Morena). Ocupa el primer lugar de la lista plurinominal del PES.
Sin embargo, su caso podría quedar en manos del Tribunal Electoral, ya que se encuentra inhabilitado por cinco años para ocupar cargos públicos y el Tribunal deberá determinar si esta inhabilitación le impide también ser diputado.
La sindicatura del ayuntamiento de Tijuana inhabilitó a Leyzaola por ocho años, en 2013, cuando el candidato estaba al frente de la SSP de Tijuana, por la denuncia de tortura en contra de un policía que trabajaba bajo su mando. Pero el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del estado ordenó la reposición del proceso. El año pasado, el ayuntamiento reabrió el caso y nuevamente el exjefe de la policía fue inhabilitado, en esta ocasión, por cinco años.
La síndico procuradora de Tijuana, Ana Marcela Guzmán, confirmó a Verificado 2018 que Leyzaola busca dar marcha atrás a la inhabilitación: “Este asunto se encuentra en el Tribunal de lo Contencioso —nuevamente—, el candidato interpuso demanda de nulidad ante él y estamos en espera de que se dicte sentencia”.
Pero además de este proceso, el candidato de PES-Morena ha sido acusado de tortura.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), por ejemplo, emitió la recomendación 87/2011 con respecto al caso; en ella se documenta la detención arbitraria, retención ilegal y tortura en agravio de 25 personas en Tijuana, dos ciudadanos y 23 elementos de la policía municipal, entonces bajo las órdenes de Leyzaola.
La CNDH advirtió “huellas de violencia psicológica, indicativas de experiencias traumáticas según el Manual para la Investigación y Documentación Eficaces de la Tortura, conocido como Protocolo de Estambul, cuestión que se relaciona con lo manifestado por los agraviados, en el sentido de haber sido objeto de amedrentamiento, humillación, intimidación y amenazas constantes”, se asegura en la recomendación 87/2011.
Además la CNDH le dedicó a Leyzaola la recomendación 12/2015 por la detención arbitraria, uso excesivo de la fuerza pública, ejecución extrajudicial e indebida procuración de justicia en agravio de las víctimas, en Chihuahua.
Esta recomendación es por lo ocurrido el 24 de abril de 2014 en Ciudad Juárez, Chihuahua, agentes policiales detuvieron a cinco jóvenes, los golpearon, los separaron, les quitaron sus pertenencias y los llevaron al panteón San Rafael, ahí los ejecutaron. El vínculo con Leyzaola es que los seis policías vinculados en los hechos estaban bajo sus órdenes.
Además de la CNDH, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) y la Procuraduría de los Derechos Humanos y Protección Ciudadana de Baja California (hoy Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California) emitieron recomendaciones por los hechos que implicaron al candidato.
En junio del 2017, luego de que el municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, nombrara a Leyzaola como asesor operativo de Seguridad Pública, la CNDH emitió un comunicado en el que pidió que el ayuntamiento reflexionara la decisión, pues Leyzaola era responsable de violaciones a derechos humanos acreditadas. En el comunicado la CNDH argumentó que por sus dos recomendaciones -la 87/2011, de Tijuana, y la 12/2015, en Chihuahua- el candidato enfrenta tres procesos penales: ante la Procuraduría General de la República, ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California y ante la Fiscalía General del Estado de Chihuahua.
Verificado 2018 entrevistó a Julián Leyzaola quien narró que primero fue postulado como candidato a diputado por el octavo distrito, pero por cuestiones de salud lo obligaron a renunciar a la postulación. Según su versión, aceptó la candidatura sólo para apoyar al partido Encuentro Social y que éste lograra una mejor negociación con Morena en el reparto de candidaturas.
Leyzaola expuso que, en su momento, él dijo que no podía ser el candidato titular porque entraría a un tratamiento con células madre, que le ayudará a recuperar parte de la movilidad que perdió tras un atentado en su contra en 2015.
Héctor Cruz, suplente en la fórmula y quien quedaría en el lugar de Leyzaola, explicó que ya se hizo la sustitución ante el Consejo Distrital número 8, en Tijuana, Baja California.
Si bien Leyzaola renunció a la candidatura a diputación por mayoría relativa, el Partido Encuentro Social los puso en el número uno de su lista de candidatos a diputados plurinominales.
Tanto Julián Leyzaola como Héctor Cruz aseguraron que en el caso de que la sentencia definitiva sea inhabilitar al candidato, no afectaría la diputación porque “es muy distinto estar inhabilitado para ocupar un cargo administrativo que uno por elección popular”.
La inhabilitación, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y el artículo 108 constitucional, es una sanción aplicable a los servidores públicos que son las personas que desempeñan un empleo, cargo o comisión en los entes públicos, incluyendo a lo representantes de elección popular, miembros del Poder Judicial de la Federación, del Congreso de la Unión, de la Administración Pública Federal, o de los Organismos Autónomos Constitucionales.
Al respecto Arturo Espinosa Silis, director de Strategia Electoral, el laboratorio especializado en derecho electoral, explicó a Verificado 2018 que la inhabilitación no va en contra de los requisitos de elegibilidad para contender para un cargo popular, pero que sus alcances no son lo suficientemente claros, por lo que quedaría en manos de los Tribunales Electorales definir si afecta o no la candidatura de Leyzaola. Para que esto sea posible alguien tendría que impugnarla.
Espinosa Silis detalló que la segunda opción es que si Leyzaola gana un curul como diputado plurinominal, el órgano interno del Congreso debería resolver si puede ser diputado, incluso, con inhabilitación.