La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, máximo tribunal del país, resolvió que las solicitudes de interrupción del embarazo o aborto en casos de violación deben ser atendidas como casos de urgencia en hospitales públicos, sin que las clínicas puedan poner alguna excusa.
Lo anterior, incluso procurando el traslado de la paciente, si la clínica a la que llega en un inicio no cuenta con los recursos para hacer el procedimiento.
Los ministros de la Segunda Sala ampararon a una mujer, en contra del Hospital General Dr. Aurelio Valdivieso de Oaxaca, después de que éste se negara a interrumpir el embarazo, derivado de una violación.
“Los Ministros determinaron que cuando exista una imposibilidad material, suficientemente justificada, la institución médica debe ejercer sus recursos y facultades para procurar que diversa institución sanitaria atienda en calidad de emergencia la solicitud de mérito, siendo responsable del seguimiento cabal al procedimiento y conclusión efectiva de éste”, indicó la SCJN,
“Las autoridades sanitarias no pueden aducir como excusa para negar la atención médica la paralización por huelga de los trabajadores sindicalizados del sector salud, como ocurrió con en el caso de la quejosa, en virtud de que, como políticas de salubridad, debe existir atención a casos como el analizado, resolvieron”, agregaron en su resolución.
HOY Fernanda, joven de Oaxaca, ganó amparo ante la @SCJN contra hospital que le negó servicios de aborto tras haber sido violada. La Corte reafirma que la negación de estos servicios vulnera derechos humanos de las mujeres. Estamos contentas, sí. pic.twitter.com/4bzezHq5QJ
— GIRE (@GIRE_mx) 18 de abril de 2018
En los hospitales públicos, insistieron los ministros, “la autoridad sanitaria debe garantizar, sin dilación alguna, los derechos que tiene una mujer como víctima de una violación sexual, entre ellos el de conseguir la interrupción legal del embarazo de manera inmediata, lo que implica calificar de urgentes dichos casos, debiendo priorizar su atención para evitar que las consecuencias físicas y psicológicas se sigan desplegando en el tiempo”.
Con esto, los ministros confirmaron el criterio sostenido hace un par de semanas, en el que se estableció que es una violación grave a los derechos humanos el negarle el aborto a una mujer, por un embarazo que fue producto de una violación sexual.