Un juez federal y un tribunal colegiado desecharon una demanda de amparo interpuesta por Carlos Lomelí Bolaños, candidato a gobernador por Morena en Jalisco, con la cual el político buscaba destruir una ficha signalética (o de antecedentes penales) que se le inició en 2002, por el delito de portación de arma de fuego sin licencia.
De acuerdo con los argumentos legales presentados por el abogado del candidato, Lomelí “solicitó la cancelación y destrucción del documento de identificación administrativa o también conocida como ficha signalética… en virtud de que todas las sanciones y obligaciones impuestas dentro de la presente causa han sido cumplidas y/o extinguidas”.
Carlos Lomelí es un empresario y político jalisciense señalado por Estados Unidos de contar con compañías que presuntamente lavan o han lavado dinero para el narcotráfico. En 2008, su empresa Lomedic fue ligada al grupo criminal de los hermanos Amezcua Contreras. En 2012, dicha compañía fue retirada del listado de la Oficina de Control de Activos Extranjeros en Norteamérica; en 2017, otro de sus compañías (en la que también participa como socio el futbolista Rafael Márquez) fue boletinada nuevamente por esa misma actividad.
Además, el 12 de septiembre de 2002 fue condenado penalmente a 2 años de cárcel por el delito de portación de arma de fuego sin licencia. El 10 octubre de ese mismo año, se acogió al beneficio de la condena condicional. Fue hasta el 28 de marzo de 2007, que su sanción se declaró extinguida. La ficha de antecedentes penales que se generó por ese hecho, es la que el candidato pretendía destruir a través de la demanda de amparo que se le negó.
En el recurso de revisión contra la sentencia del Juez que le negó el amparo, Carlos Lomelí (a través de su abogado) le solicitó al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal revertir la decisión del juez quinto de distrito de amparo en Jalisco, bajo el argumento de que aun cuando se le había negado la protección federal “en virtud de considerar que la identificación administrativa (ficha signalética) no es una pena sino sólo una medida… que no afecta de modo alguno la esfera jurídica del suscrito”, en la práctica eso era “una apreciación errónea… porque si bien la identificación administrativa no es técnicamente una pena, produce el mismo impacto que una pena privativa de derechos”.
Recordó que diversos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) han acogido en votos particulares esa opinión, “fundamentando… en que la ficha administrativa es innegable que tiene un efecto estigmatizante, dado que, quien es identificado queda inhabilitado, de hecho, para cargos privados y se convierte en un ciudadano de segundo orden”.
No sólo eso. Dijo que en el caso de quien ha cometido un delito y ha sido condenado por ello, “cabe la posibilidad de que por las circunstancias de tiempo, modo y lugar de ejecución de ilícitos, se pudiera contribuir de manera importante para desvirtuar esa presunción”, de allí que la defensa del candidato solicitara un amparo que les permitiera destruir y desaparecer la ficha de antecedentes, y así evitar “un efecto estigmatizante”.
“La falta cometida por un individuo en algún tiempo de su vida, no lo define ni lo marca para siempre, ni hace que su conducta sea cuestionable por el resto de su vida”, expuso la defensa a favor de su cliente.
Como respuesta al recurso de revisión de Lomelí, los magistrados del Primer Tribunal Colegiado expusieron, entre otras cosas, que por tratarse de “un hecho cierto que culminó con una sentencia firme en la que se le condenó por un delito de portación de arma de fuego sin licencia”, no había argumentos legales para otorgarle la razón al candidato de Jalisco, desechando su recurso de revisión y negándole la posibilidad de ampararse.
Animal Político entrevistó por separado a dos especialistas en derecho, uno electoral y otro constitucionalista, quienes coincidieron en señalar que Carlos Lomelí no tiene ningún tipo de impedimento legal para compartir por la gubernatura de Jalisco, pues lo que le negaron fue la posibilidad de ampararse para destruir la ficha signalética por la comisión de un delito ya juzgado.
“Tendría que estar vigente el proceso penal en su contra, pero aquí estamos frente a un caso que ya fue juzgado”, explicó Roberto Duque, especialista en derecho electoral y académico de la UNAM.
Ricardo Peralta, maestro en materia penal y en temas anticorrupción, dijo por su parte que resulta evidente que con este amparo lo que se pretendía era destruir un documento que en el proceso electoral que se vive pudiera generar un estigma al candidato, pero que de ninguna manera le impide competir por un cargo de elección popular.
Animal Político buscó al candidato Carlos Lomelí Bolaños para hablar sobre la negativa a su demanda de amparo, pero hasta el cierre de la edición no se había atendido la petición del medio.