Con el antecedente de gobernantes priistas acusados por malos manejos de los recursos públicos, como César Duarte en Chihuahua y Javier Duarte en Veracruz, el precandidato presidencial priista José Antonio Meade presentó iniciativas contra la corrupción, que según dice buscarán “ir más allá de la 3 de 3″.
[contextly_sidebar id=”sZAtpJz0y0ZhR8IrEPafJP6eheYGlxpf”]Meade entregó las iniciativas a los a los presidentes y líderes parlamentarios de los tres partidos que lo apoyan, el PRI, PVEM y Panal.
“¿Qué hace esta iniciativa? Hace algo que es muy importante y necesario; evitar que el delincuente y el corrupto use el dinero mal habido para defenderse, use el dinero mal habido para buscar una ventaja en sus procesos judiciales”, dijo.
Meade plantea establecer una “certificación de honestidad” para los servidores públicos, un procedimiento con el que “altos funcionarios del Poder Ejecutivo Federal”, diputados y senadores demuestren “el origen lícito de la evolución de su patrimonio”.
Es decir, que demuestren que no es con corrupción como hicieron crecer su patrimonio o se enriquecieron, si es que esto ocurre mientras desempeñan un cargo público. Las certificaciones serían anuales, para que puedan permanecer en el puesto.
“Esta certificación consiste en hacer un cotejo entre los ingresos obtenidos, los impuestos pagados y los bienes que posea un servidor público a efecto de verificar que hay una congruencia entre éstos”, se agrega.
La certificación, apunta la propuesta de Meade, tendría como sustento “los registros públicos de la propiedad de las entidades federativas, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Auditoría Superior de la Federación”.
En este punto, las modificaciones serían a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
“No es suficiente que presentemos la 3 de 3, no es suficiente saber que se presentó la declaración de impuestos. Lo importante es que esas declaraciones sean consistentes entre sí, consistentes con los registros públicos de la propiedad y consistentes con la realidad que el ciudadano puede observar”, apuntó Meade.
Otro punto de la propuesta de Meade es aumentar el castigo contra servidores públicos que sean corruptos.
Se menciona el caso “de las sanciones administrativas que imponga el Tribunal a los Servidores Públicos, derivado de los procedimientos por la comisión de faltas administrativas graves”.
La iniciativa, por ejemplo, plantea establecer un periodo de inhabilitación por hasta 25 años (la ley actual, refiere el documento, establece un máximo de 20) si el monto de la afectación o falta administrativa “excede de doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.
En cuanto a extinción de dominio (cuando el Estado se queda con los derechos de bienes o propiedades de una persona, sin darle compensación alguna), Meade propone que esa figura se concentre en la vía civil, y no en la penal, con la idea de que así es más sencillo iniciar un procedimiento de ese tipo, en casos como el combate a la corrupción.
“La presente iniciativa apunta a fortalecer la figura de la extinción de dominio como una herramienta clave para el combate al delito, incluidos los de corrupción”, se lee en el documento.
Al proponer que sean reformados los artículos 22 y 102 de la Constitución, la propuesta insiste en el punto de facilitar la extinción de dominio, exigiendo un “estándar de prueba más bajo”, en los casos en que se acuse a una persona (puede ser un funcionario público) de tener bienes cuya “legítima procedencia” no pueda acreditarse.
La pretensión en el juicio de extinción de dominio “no será demostrar más allá de toda duda razonable la culpabilidad de una persona, sino demostrar la probabilidad prevaleciente en un grado mínimo necesario”.
Corresponderá al Ministerio Público, y a los fiscales anticorrupción, “acreditar la situación patrimonial de la persona propietaria o poseedora del bien materia de extinción de dominio y la desproporción entre su evolución patrimonial y el valor del bien a extinguir”.
Si se acredita esa desproporción en un juicio, “corresponderá entonces a la persona demostrar la procedencia legítima del bien materia de extinción de dominio, así como de los recursos económicos con lo que fue adquirido el mismo”.