[contextly_sidebar id=”hwd2vbcBxDiYGade6M5wia90kJ51Y098″]Al señor presidente de la República no se le puede tocar ni con un pétalo de una rosa, fue la expresión que utilizó el senador Juan Carlos Romero Hicks al presentar, junto con otros cuatro legisladores panistas, una reforma legal para que el Ejecutivo pueda ser enjuiciado por actos de corrupción.
La iniciativa propone cambiar tres artículos constitucionales: el 108, 110 y el 111, así como derogar el cuarto párrafo de éste último. Estas reformas legales propuestas también por los senadores Ernesto Ruffo Appel, Marcela Torres Peimbert, Francisco Búrquez Valenzuela y Víctor Hermosillo y Celada, plantean tres claves:
Acusaciones transexenales por corrupción
El cambio al artículo 108 Constitucional propone que un primer mandatario pueda ser acusado “durante el tiempo de su encargo y hasta tres años después de concluido su mandato”, y no solamente por el cargo de traición a la Patria, también por hechos de corrupción y cualquier violación a la Constitución.
Actualmente, el presidente en México solo puede ser acusado por Traición a la Patria y delitos graves del orden común durante su mandato, lo que la iniciativa considera como “impunidad”, por la generalidad de los cargos, lo que haría casi imposible una posible acusación.
Sujeto de juicio
El artículo 110 de la Constitución habla de las personas contra las que puede proceder el juicio político, y aplica desde los diputados y senadores, hasta ministros de la Suprema Corte, el Fiscal General y consejeros electorales, entre otros actores.
Pero no contempla al presidente, por lo cual la iniciativa plantea agregar el puesto al inicio de la lista de sujetos, para que pueda ser juzgado “como cualquier otro funcionario público”, explica el proyecto.
Para que las acusaciones contra el presidente no solo queden en el ámbito penal, sino también en el político, los senadores proponen eliminar el párrafo cuarto del artículo 111 Constitucional que le da “un trato especial” al mandatario que dice:
“Por lo que toca al Presidente de la República sólo habrá lugar a acusarlos ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable”, indica.
Ejemplos Latinos
La propuesta de reforma legal pone de ejemplo las leyes de países como Perú, donde pueden proceder contra su mandatario durante y hasta 5 años después de su encargo.
También se apoyan en la legislación uruguaya que permite a varios sujetos acusar al presidente “por violación de la Constitución u otros delitos graves”.
Aunque en Chile estas acusaciones solo son atribuciones a la Cámara de Diputados, se puede proceder contra el presidente “por actos de su administración que hayan comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, o infringido abiertamente la Constitución o las leyes”.
A esta petición, la cual puedes consultar aquí, también se sumaron las firmas del coordinador del PRD en el Senado, Luis Sánchez, así como el de PT y Morena, Manuel Bartlett, y una parte de la fracción parlamentaria de Acción Nacional.