[contextly_sidebar id=”ehpESmcsI8cHLnNMe1QeOYC2xgmUNvcN”]Como histórica calificó el gobierno la sentencia de la víspera de la Corte Constitucional que dio luz verde en Colombia a la adopción de niños por parte de parejas del mismo sexo.
“Histórica decisión” de la Corte Constitucional “de dar vía libre a la adopción igualitaria que reitera que todos tenemos los mismos derechos”, escribió hacia la medianoche en su cuenta de Twitter el ministro del Interior Juan Fernando Cristo.
Por seis votos contra dos, la tarde del miércoles la Corte Constitucional avaló la adopción por parte de parejas igualitarias con el argumento de que la orientación sexual de dos adultos no puede ser óbice para que los niños tengan una familia.
En concepto de Cristo, “la decisión de la Corte Constitucional significa un avance sustancial hacia una sociedad más moderna, civilizada e incluyente”.
Las voces opuestas a la sentencia no se hicieron esperar, como la del presidente de la Conferencia Episcopal de Colombia, monseñor Luis Augusto Castro, quien calificó como un error la decisión del alto tribunal.
“Me parece bien manifestar desde ya públicamente que fue un error y que sencillamente el derecho fundamental del niño fue pisoteado con esta sentencia”, indicó Castro en diálogo con The Associated Press.
Para el religioso, la Corte, el máximo tribunal en Colombia en asuntos de la Carta, “favoreció el gusto de los adultos, pero sacrificó al niño de una manera lamentable… Que un niño pueda tener dos papás o dos mamás no le satisface para su crecimiento. Me parece que dos papás no hacen una mamá ni dos mamás hacen un papá”.
En tanto, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, encargado de las adopciones en el país, se declaró respetuoso de la sentencia de la Corte y dijo que la acataba.
“Los procesos de adopción se continuarán cumpliendo de acuerdo a lo establecido por la ley como lo ha venido haciendo el Instituto, aplicando un trámite riguroso que mediante talleres, entrevistas y visitas, permite determinar la idoneidad de quienes quieren adoptar, garantizando así el derecho de los niños, niñas y adolescentes a crecer en una familia”, explicó el instituto en un comunicado.
También terció en la polémica la Defensoría del Pueblo, que consideró que el fallo es “un avance histórico contra la discriminación y en favor de la igualdad”.
La ponencia del caso estuvo a cargo del magistrado Jorge Iván Palacio, quien en un documento de 145 páginas llegó a la conclusión de que conceptos de expertos dan cuenta de que científica y médicamente no está establecido que menores de edad puedan sufrir traumatismos si su crianza corre a cargo de parejas homosexuales.
A finales de agosto de 2014, la propia Corte Constitucional había dado luz verde a la adopción de una niña por parte de dos mujeres, pero con la advertencia de que esa decisión solo aplicaba para los casos en los que uno de los demandantes fuera la madre o el padre biológico del menor.
Desde 2007 las parejas del mismo sexo, por decisión de la misma Corte Constitucional, pueden heredarse y afiliarse al sistema de salud y de pensiones. Sin embargo, el Congreso colombiano se ha abstenido de legislar sobre el matrimonio entre parejas del mismo sexo, como se lo ha pedido la Corte.
En Latinoamérica, Argentina, Uruguay y la Ciudad de México han regulado la adopción por parte de homosexuales. En el caso de Brasil queda en manos de la interpretación que hacen los jueces.