“Pienso que la disposición que impide y que prohíbe absolutamente, sin ninguna razonabilidad, estas adopciones, debe de ser, como estoy de acuerdo, considerada como institucionalmente, discriminatoria”: Ministro Luis María Aguilar, durante la sesión de la Suprema Corte , en la que los ministros declararon inconstitucional el artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia del estado de Campeche,que prohíbe la adopción de menores a personas unidas bajo la sociedad de convivencia.
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