[contextly_sidebar id=”ziOMV9ZbBFxL6rC1kuFL4is8B8B6xcpP”]El 63% de los diagnósticos médicos de 2014 en los que se presentaron quejas por cualquier motivo, hubo “evidencia de mala práctica”, de acuerdo con la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed).
De los 245 casos que revisó la Comisión en 2014, en 155 documentaron errores en la elaboración del diagnóstico. Las especialidades donde más se presentó una mala práctica fueron la cirugía general con 24 casos; obstetricia con 23; medicina interna y ortopedia con 18 dictámenes erróneos entre otros campos como pediatría.
En los últimos años, por lo menos de 2007 a 2014, el principal responsable de quejas por atención médica es el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Tan sólo de mil 654 que se realizaron en 2014 tanto en sector público como privado, se le atribuyen más del 54% con 906 reclamos.
Apenas este martes 30 de junio la madre de un niño en Sonora interpuso una denuncia antes la Procuraduría General de la República (PGR) contra el oftalmólogo del IMSS, Armando Cisneros, por negligencia médica, al extirparle al menor el ojo derecho, presuntamente sano, en lugar del izquierdo donde presentaba cáncer congénito avanzado.
El Jefe de Unidades Médicas de Alta Especialidad (UMAE), Jaime Zaldívar, aseguró que el médico no siguió los protocolos del IMSS, pues debió haber salido del quirófano a de consultar a los padres antes de tomar una decisión.
Casos donde se documentó la “mala práctica” del IMSS tuvieron que llegar hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que se reconociera una reparación del daño.
A Osbelia Cirigo Ramírez, de 65 años, médicos del IMSS le diagnosticaron tres años tarde cáncer de mama, por lo cual perdió un seno; le aseguraron una reparación del daño apenas en mayo pasado, cinco años después del mal diagnóstico y todavía se desconoce el monto por el cual deberán indemnizarla, pues la Suprema Corte resolvió que el propio IMSS será quien determine la suma.
En este caso la máxima autoridad de impartición de justicia en México tuvo que obligar al IMSS a reparar el daño porque no tomó en cuenta la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.
Para Osbelia Cirigo, la actitud de la Segunda Sala de la Suprema Corte es cobarde por no darle una orden directa al IMSS, y determinar el monto de la reparación del daño, contrario a otros fallos que la misma SCJN ha emitido en estos temas.
“Que sólo nos den las reglas es como ir con el violador y decirle: ponte tu sanción”, explicó el abogado de Osbelia, Alberto Guerrero, quien lamentó que la Segunda Sala no cuantifique el daño.
“Este es un caso civil y lo tratan como un tema administrativo. Nos mandan primero al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa que depende presupuestalmente del Ejecutivo y luego mandan el caso a la Segunda Sala”, reprochó Guerrero, pues dijo que hay más obstáculos burocráticos en casos donde instituciones del Estado fallan y deben reparar el daño ocasionado.
La señora Cirigo Ramírez aseguró en entrevista con Animal Político que si logró someterse a cirugía fue por atención privada con diferentes médicos, y el total de los gastos que hizo ascienden a poco más de 176 mil pesos entre quimioterapias, cirugías, medicamentos y estudios. Antes de que su caso llegara a la SCJN el IMSS quiso indemnizarla con cerca de 75 mil pesos por las atenciones deficientes.
El 25 de marzo pasado la Suprema Corte atrajo el caso de dos menores infectados del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) por una equivocada transfusión sanguínea en hospitales del IMSS, uno de ellos en el Centro Médico Nacional La Raza en 2008.
En uno de los casos la dependencia ofreció un pago de un millón 336 mil pesos, cuando el costo promedio anual en atención médica para una persona con este virus es de 266 mil, 755 pesos, de acuerdo con un reporte que uno de los familiares dio al periódico Excélsior.