[contextly_sidebar id=”937ff4d8fc1d72926ae38e46ce1f0be1″]El juez que lleva el concurso mercantil de la empresa Oceanografía, anunció este miércoles que el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), que ejerce la labor de administrador, recibirá los pagos dirigidos a los acreedores de la empresa, mientras que se ordenó también ejercer los pagos necesarios para su operación ordinaria.
El Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal dio a conocer este miércoles que en el marco del juicio de concurso mercantil de Oceanografía, se ordenó girar oficio a Pemex Exploración y Producción para que suspenda de inmediato los pagos que se realizan a los fideicomisos y acreedores de Oceanografía derivados de contratos, ordenando que los pagos se entreguen exclusiva y directamente a su administrador, el SAE.
Asimismo, se ordenó que de forma inmediata se deposite en las cuentas bancarias de Oceanografía cualquier suma derivada de los contratos de prestación de servicios a efecto de que pueda disponer del dinero y se puedan mantener las actividades necesarias para que la operación ordinaria de la empresa continúe, incluyendo el pago de salarios, adquisición de insumos y pago de proveedores, entre otros.
El juez también pidió a Pemex Exploración y Producción que en estricto cumplimiento a las medidas cautelares ordenadas proceda a enterar al SAE sobre cualquier recurso que adeude a Oceanografía.
El juzgado informó que la administración de contratos, la atención de clientes, proveedores, y la administración de los barcos que se encuentran trabajando costa afuera, así como la realización de todas aquellas operaciones ordinarias recaen exclusivamente en el administrador designado por el SAE.
La administración de la empresa no se limita a realizar pagos a los trabajadores o servicios que resulten indispensables para la continuación ordenada de las actividades de la comerciante.
Añadió también que es el SAE quien deberá administrar los bienes asegurados en procedimientos penales federales, así como que la administración de los bienes comprende su recepción, registro, custodia, conservación y supervisión.