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Hay un nuevo amparo contra CNDH por masacre de 72 migrantes en San Fernando
Hay un nuevo amparo contra CNDH por masacre de 72 migrantes en San Fernando
Archivo Cuartoscuro
6 minutos de lectura

Hay un nuevo amparo contra CNDH por masacre de 72 migrantes en San Fernando

18 de marzo, 2014
Por: Daniela Rea
FOTO: AP
FOTO: AP

Otras dos familias de víctimas de la masacre de 72 migrantes en San Fernando, Tamaulipas, se sumaron a las quejas contra la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por considerar que este organismo violentó sus derechos al investigar de manera deficiente los hechos ocurridos en el verano del 2010 y emitir una recomendación que no tomó en cuenta su testimonio ni sus necesidades.

El pasado 12 de marzo, el Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal aceptó a trámite la segunda demanda de amparo contra el organismo por el mismo caso, con lo que suman dos amparos promovidos por seis familias que representan a nueve víctimas mortales.

Las víctimas y sus abogados argumentaron en este segundo amparo, con base en criterios jurisprudenciales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que las recomendaciones de los órganos defensores deben ser un acto reparatorio en sí. Sin embargo, consideraron que la emitida por la CNDH en el caso de la masacre de 72 migrantes no lo fue, incluso es violatoria de derechos por no considerar de manera alguna a los familiares de las víctimas de homicidio.

[contextly_sidebar id=”a1d2c30a701b53a507380e815980d051″]“La recomendación demuestra que en sus actos procedimentales y recomendatorias la CNDH no reivindica a los familiares de las víctimas como tales y no procura de ninguna manera la reparación de sus derechos y su dignidad conforme al criterio de la CoIDH”, señala el documento entregado al juez por los abogados, encabezados por la Fundación por la Justicia y el Estado de Derecho y el Padre Pedro Pantoja, de la Casa del Migrante de Saltillo.

Para el padre Fray Tomás, responsable del albergue “La 72”, nombrado así en homenaje a la masacre, la CNDH no ha representado las necesidades de las víctimas, por el contrario ha respondido a intereses políticos, de ahí la deficiencia de su recomendación.

“La CNDH nunca ha sido un organismo público autónomo, autónomo valga la redundancia, siempre es clientelar, al servicio de interés político y esto es un ejemplo. Si estuviera al lado de las víctimas, la recomendación hubiera sido completamente otra, comenzando por dialogar con las víctimas.

“¿Qué va a pasar? En este país tan corrupto donde impera la impunidad a veces uno se quiebra y dice ¿qué sigue? Afortunadamente las víctimas, con esa esperanza tan gigante que tienen, y estos pasos que van dando, seguros, nos demuestran que el día de mañana vamos a tener justicia”, dijo Fray Tomás.

El pasado viernes 17 de enero, el Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal admitió para su trámite el primer amparo contra la CNDH por la recomendación 80/2013, el cual fue interpuesto por cuatro familias que representan a siete víctimas mortales de la masacre.

La CNDH emitió la recomendación el 23 de diciembre pasado, 3 años y 4 meses después del crimen en que 72 migrantes fueron asesinados, presuntamente por integrantes de los zetas, y tres más lograron sobrevivir.

En la recomendación, el organismo responsabilizó a la PGR y al gobierno de Tamaulipas por no proteger la evidencia del crimen y haber maltratado a los cadáveres, de los cuales aún no se ha podido identificar a 12.

Amparo contra una ley

Este segundo amparo incluye también como autoridades responsables al Congreso, al Presidente, al Secretario de Gobernación y al director general del Diario Oficial de la Federación por el artículo 47 de la Ley General de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el cual establece:

“En contra de las Recomendaciones, acuerdos o resoluciones definitivas de la Comisión Nacional, no procederá ningún recurso”.

Según la redacción del artículo, no hay mecanismos para inconformarse contra acciones o recomendaciones de la CNDH, lo que los abogados consideraron inconstitucional.

“No tener mecanismos de inconformidad es dotar a la CNDH de un halo de autoritarismo, pues eso equivaldría a que no podría ser cuestionada, ni revisada cuando actúe en contra de su obligación, que es respetar derechos humanos, garantizarlos y no violarlos.

“Lo que se plantea en este amparo puede volver a suceder, es decir, la CNDH puede seguir violando derechos humanos, y eso ¿qué significaría? ¿Nadie puede hacer algo al respecto? ¿Qué a la persona no le queda ninguna salida más que aceptar esas violaciones? ¿Qué no va a haber un poder judicial que proteja a la persona en contra de las violaciones a los derechos humanos cometidos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos?”, argumentan los abogados.

Por ello proponen una modificación al artículo 47 para que se armonice con la reforma constitucional de derechos humanos, dándole a la persona un espectro más amplio de protección a sus derechos.

Juez acepta segundo amparo pese a queja de la CNDH

El juez Agustín Tello Espíndola aceptó el primer amparo contra la CNDH y solicitó al organismo rendir un informe sobre los hechos y la investigación. Contrario a ello, la CNDH respondió el 27 de enero con una queja contra el juez al considerar que su decisión fue improcedente.

En su queja, la CNDH argumentó que ni el organismo ni su presidente son “autoridad responsable” para efectos del juicio de amparo; además de que al admitir un amparo en su contra se violenta su autonomía.

La queja continúa en trámite, ahora en manos de magistrados del tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito, quienes deberán revisar los argumentos y validar o no la decisión del juez decimoprimero que aceptó el recurso de amparo promovido por las víctimas.

Mientras, en este segundo amparo, los abogados de las víctimas argumentaron por qué sí la CNDH es autoridad responsable.

“El actual artículo 1 constitucional obliga a la CNDH a utilizar sus facultades conforme a las fuentes de derecho internacional y al principio pro personae, de lo cual se desprende que sus omisiones deben ser considerados por la jurisdicción de amparo como actos eficaces de violación de derechos humanos y por tanto susceptibles de protección mediante el juicio de amparo”, dice la demanda de amparo.

Al ser la CNDH el único organismo en México facultado para investigar sobre graves violaciones a derechos humanos, las víctimas quedan en una completa indefensión ante sus acciones.

Consultados por Animal Político, dos expertos en derecho cuestionaron la decisión de la CNDH de interponer queja, pues debería ser el primero en encabezar la defensa máxima de las víctimas.

La recomendación de la CNDH sobre la masacre de 72 migrantes no protegió a las víctimas adecuadamente, entonces violó su derecho humano a ser protegido. La Constitución dice que una de las formas de proteger los derechos humanos es el acto recomendatorio de la CNDH, entonces sí hay acto violatorio y autoridad responsable (para el amparo)”, explicó a Animal Político Fernando Coronado, especialista en Derechos Humanos, exconsultor en la CDHDF.

“Al presentar la queja, la CNDH no está actuando conforme a su mandato de organismo autónomo encargado de promover y defender derechos humanos. No es sensible a las víctimas y no tiene disposición para serlo. En lugar de asumir el amparo de las víctimas como algo que pudiera fortalecer su trabajo, entra a una defensa absurda, que no va acorde a la reforma constitucional en la materia”, dijo por su parte José Antonio Guevara, director de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos.

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Imagen BBC