La reforma energética entró en vigor el pasado sábado 21 de diciembre y con ella una serie de plazos que el Congreso de la Unión y el presidente deberán cumplir para aprobar y emitir leyes secundarias y acuerdos que servirán para complementar los cambios que el Congreso de la Unión y los Congresos estatales aprobaron a la Constitución, a fin de permitir la inversión privada en los sectores petrolero, eléctrico y de gas.
[contextly_sidebar id=”1f10d15f2c2b875e1ba82c232306ca21″]El presidente Enrique Peña Nieto firmó el decreto de la reforma el 20 de diciembre, en una ceremonia en Palacio Nacional, y esa misma tarde el Diario Oficial de la Federación publicó los cambios a la Constitución. De ese modo, la reforma entró en vigor un día después.
Entre los pendientes por definir están las medidas para combatir actos de corrupción, regulación ambiental, los tipos de contratos público-privados que podrán suscribirse, la creación de nuevos órganos de Gobierno, entre otros.
Estos son algunos de los plazos que deberán cumplirse este año, a fin de completar el proceso legislativo:
Modalidades de contratos
El Senado y la Cámara de Diputados tienen 120 días, a partir de que entró en vigor el decreto, para regular en las leyes secundarias las modalidades de contratación que el Gobierno podrá suscribir con empresas privadas para llevar a cabo las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos.
Este plazo se vencerá el 19 de abril de 2014 y los tipos de contratos que podrán permitirse, entre otros, son de servicios, de utilidad o producción compartida, o de licencia. Las concesiones no fueron aprobadas por el Congreso.
Bajo este esquema, los legisladores federales aprobaron los tipos de contratos y modalidades de pago que podrán realizar el Gobierno mexicano con empresas privadas. A los contratos de servicios, se podrá pagar en efectivo. También se podrá compartir la utilidad generada o un porcentaje de la producción obtenida. Y, en los casos de licencia, se permitirá la transferencia directa de los hidrocarburos extraídos a favor de los particulares.
Medidas anticorrupción
Bajo el mismo plazo de 120 días, ambas Cámaras deberán aprobar mecanismo legales para prevenir, investigar y sancionar “severamente” a todo el personal, público o privado, del sector energético que cometa actos u omisiones contrarias a la Ley y que incluyan “en la toma de decisión de un servidor público, del personal o de los consejeros de las empresas productivas del Estado para obtener un beneficio económico personal directo o indirecto”.
Nuevos comisionados de Hidrocarburos y Energía
Bajo el mismo plazo de 120 días -a vencerse el 19 de abril-, el Congreso deberá realizar cambios sobre la permanencia de los comisionados que integran las Comisiones Nacional de Hidrocarburos y la Reguladora de Energía.
Los artículos transitorios de la reforma constitucional plantean que los comisionados sólo “podrán ser removidos de su encargo por las causas graves” y que podrán “ser designados, nuevamente, por única ocasión para cubrir un segundo período”. Además, la renovación de los comisionados se llevará a cabo de forma escalonada.
Los actuales integrantes de ambas Comisiones concluirán los periodos para los que fueron nombrados y, al momento de la renovación, el Presidente someterá una terna al Senado para suplir cada una de las vacantes en cuestión. La elección se hará con el voto de las dos terceras votos del pleno de senadores. Si el órgano legislativo no resuelve e 30 días, el Presidente podrá designarlo directamente. Si, por el contrario, los legisladores rechazan por completo la terna, se enviará una nueva y si ocurre lo mismo, el presidente podrá designarlo.
Fondo Mexicano del Petróleo
Una de las figuras aprobadas en la reforma energética, fue la creación del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, el cuál será un fideicomiso público operado por el Banco de México.
Este fondo será el encargado de recibir todos los ingresos, con excepción de los impuestos, que correspondan al Gobierno mexicano derivados de las asignaciones y contratos que se hayan firmado con particulares.
Para regular este Fondo, el Congreso de la Unión también tiene el mismo plazo de 120 días para hacer las modificaciones correspondientes en el marco jurídico.
Medio Ambiente
Las Cámaras de Diputados y de Senadores tienen hasta un año completo para aprobar los cambios legislativos que garanticen la protección y cuidado al medio ambiente durante los procesos de exploración y extracción de hidrocarburos y, en fin, de todos los procesos que la reforma energética abarca.
De este modo, se deberá garantizar que se incluyan “temas de eficiencia en el uso de energía, disminución en la generación de gases y compuestos de efecto invernadero, eficiencia en el uso de recursos naturales, baja generación de residuos y emisiones, así como la menor huella de carbono en todos sus procesos”, de acuerdo con el decreto vigente.
Energía sustentable
El presidente, a través de la Secretaría de Energía, contará hasta con 365 días naturales para incluir en el Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía una estrategia de transición para promover el uso de tecnologías y combustibles más limpios.
Agencia de Seguridad
Dentro del mismo plazo de 120 días, los legisladores deberán aprobar la creación de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.
Este nuevo organismo público tendrá dentro de sus atribuciones regular y supervisar, en materia de seguridad industrial, operativa y protección al medio ambiente, las instalaciones y actividades del sector hidrocarburos, incluyendo las actividades de desmantelamiento y abandono de instalaciones, así como el control integral de residuos.