La Asamblea del Distrito Federal emitió la norma 29, durante el gobierno de Marcelo Ebrard, que restringía la instalación de supermercados, con el argumento de proteger los mercados tradicionales y tiendas de abarrotes. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este 24 de junio dicha norma, por 10 votos contra uno, porque consideró, viola el artículo 28 de la constitución, pues atenta contra los principios de libre comercio y los intereses del consumidor.
“Lo que hace la norma es dar una ventaja a cierto tipo de comercio frente a otro, pero no privilegiando a los consumidores“, afirmó el ministro Arturo Zaldívar.
[contextly_sidebar id=”2d4760983891708b5e790696d82d4d48”]La Comisión Federal de Competencia (CFC) criticó la Norma 29, que sólo permitía la instalación de nuevos autoservicios en zonas de uso mixto, pues constituía una práctica monopólica absoluta en la opinión de la CFC.
“El Estado debe abstenerse de intervenir con fines proteccionistas en las condiciones que impone el mercado de acuerdo a la oferta y la demanda“, dijo el ministro Sergio Valls.
La corte determinó la invalidez de esta norma en septiembre , sin embargo la votación no fue suficiente para terminar con esta.
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