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Inicia 7 de marzo el proceso para elegir al nuevo consejero del IFE
Inicia 7 de marzo el proceso para elegir al nuevo consejero del IFE
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Inicia 7 de marzo el proceso para elegir al nuevo consejero del IFE

28 de febrero, 2013
Por: Dulce Ramos
@WikiRamos 
Foto: Cuartoscuro.
Foto: Cuartoscuro.

La tarde de este jueves fue aprobada la convocatoria para la elección del nuevo consejero del IFE, proceso que iniciará el próximo 7 de marzo.

Con 230 votos a favor y 224 en contra, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la convocatoria para participar en el proceso de selección del candidato o candidata a ocupar la vacante en el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), para el periodo 2013-2019.

Conforme a la convocatoria, las y los aspirantes a candidato o candidata deberán cumplir y acreditar fehacientemente ser mexicano por nacimiento; estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos, y no adquirir ninguna otra nacionalidad durante el periodo de su encargo, en caso de ser designado consejero electoral.

El proceso

En la convocatoria se detalla que las asociaciones o instituciones académicas o las organizaciones no gubernamentales que propongan algún aspirante a candidato o a los propios aspirantes, los días 7 y 8 de marzo, con horario de 9:00 a las 15:00 horas y de las 16:30 a las 21:00 horas, deberán acudir personalmente a entregar, en las instalaciones de la Cámara de Diputados.

Se precisa que dentro del plazo comprendido entre el 12 y 15 de marzo, la Comisión de Gobernación integrará los expedientes y revisará la documentación de los aspirantes a candidato, a fin de verificar que reúnen los requisitos establecidos en la convocatoria.

Cumplido lo anterior y a más tardar el 18 de marzo, la Comisión de Gobernación determinará la lista de candidatos (as) a consejeros electorales que cumplan con los requisitos, misma que será remitida a la Junta de Coordinación Política (Jucopo) y publicada en la Gaceta Parlamentaria y en el portal de Internet de la Cámara de Diputados.

Publicada la lista, durante el plazo improrrogable de dos días naturales, contados a partir de dicha publicación, cualquier persona física o moral podrá presentar, por escrito, objeciones fundadas y motivadas ante la Comisión de Gobernación, aportando los elementos de prueba que correspondan.

Las entrevistas serán desarrolladas entre el 1 y 8 de abril por la Comisión de Gobernación; tendrán una duración máxima de 60 minutos para cada aspirante

Al término de las entrevistas y antes del 12 de abril, la Comisión de Gobernación integrará la lista final de candidatos que serán considerados para la elección, sin que puedan incluirse más de cinco candidatos, y la remitirá mediante dictamen que consagre los resultados de la evaluación de los aspirantes, a través de su Presidencia, a la Junta de Coordinación Política.

Se destaca que antes del cierre del Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio de la LXII Legislatura, los grupos parlamentarios, a través de la Junta de Coordinación Política, determinarán la propuesta del candidato o candidata a Consejero Electoral del IFE, para el periodo que concluirá el 30 de octubre de 2019.

En sesión de la Cámara de Diputados, la Jucopo dará a conocer al Pleno la propuesta; será designado Consejo Electoral del IFE la candidata o candidato que resulte electo por el voto de las dos terceras partes de las y los diputados presentes en la sesión.

Se añade que en caso de no cumplirse, en una primera votación el requisito de las dos tercera partes de los individuos presentes, la propuesta será devuelta, sin que proceda mayor trámite ni debate, a la Junta de Coordinación Política, a fin de que ésta decida si, en la misma sesión, presenta una segunda propuesta; de ser así, la misma será sometida de inmediato al conocimiento, discusión y votación del Pleno.

Los requisitos

Estar inscrito (a) en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar con fotografía, vigente; tener más de 30 años al día de la designación; poseer título profesional de nivel licenciatura con antigüedad mínima de cinco años, contados a partir de la fecha de la convocatoria, y demostrar los conocimientos y experiencia en materia electoral.

De igual modo, gozar de buena reputación y no haber sido encontrado (a) responsable por sentencia irrevocable de delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial; haber residido en el país durante los últimos dos años, salvo el caso de ausencia en servicio de la República por un tiempo menor de seis meses.

No haber sido registrado (a) como candidato (a) a cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años anteriores a la designación; no desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los últimos cuatro años anteriores a la designación.

También, no ser secretario de Estado, ni Procurador General de la República o del Distrito Federal, Subsecretario u Oficial Mayor en la Administración Pública Federal; Jefe de Gobierno del Distrito Federal; ni Gobernador; ni Secretario de Gobierno, a menos que se separe de su cargo con cuatro años de anticipación al día de su nombramiento.

No ser ni haber sido miembro del Servicio Profesional Electoral durante el último proceso electoral federal ordinario.

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Imagen BBC