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Rechaza el TEPJF que AMLO participe como coadyuvante en el Juicio de Inconformidad
Rechaza el TEPJF que AMLO participe como coadyuvante en el Juicio de Inconformidad
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Rechaza el TEPJF que AMLO participe como coadyuvante en el Juicio de Inconformidad

15 de agosto, 2012
Por: Axayacatl Guzman Roque(@dulkelgeist)
Andrés Manuel López Obrador. Foto: Cuartoscuro.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación rechazó la solicitud presentada por Andrés Manuel López Obrador, candidato presidencial de la Coalición Movimiento Progresista, para participar como coadyuvante en el Juicio de Inconformidad a la elección presidencial.

El Juicio Incidental SUP-JIN-359/2012 fue analizado por la comisión que validará la elección, quien sostuvo que la normatividad vigente, establece que los candidatos pueden ser coadyuvantes, siempre y cuando cumplan con los requisitos de ley de temporalidad y formato.

En este caso, el coadyuvante tiene participación activa en el asunto y se le otorgaría el derecho de alegar y presentar pruebas.

Andrés Manuel López Obrador compareció el 8 de agosto, es decir, fuera del plazo.

De esta forma, el TEPJF rechazó reconocerlo como coadyuvante por haber presentado su escrito fuera del plazo establecido.

El magistrado Flavio Galván Rivera explicó que el informe rendido por el IFE se hizo el 8 de julio, por lo que el candidato debió comparecer como coadyuvante dentro del plazo de cuatro días siguientes a ese informe, dentro del mismo plazo que tuvo la coalición para demandar, es decir, del 9 al 12 de julio.

“No es conforme a derecho admitir la coadyuvancia de Andrés Manuel López Obrador, porque lo presentó hasta el 8 de agosto, la Comisión propone no reconocerlo como coadyuvante,” aseveró Galván.

Por su parte, el magistrado presidente José Alejandro Luna Ramos, destacó que Andrés Manuel López Obrador, en calidad de coadyuvante, debía atenerse a los lineamientos para cumplir dicha figura jurídica es decir, plazos y requisitos.

Para Luna Ramos, “el proceso consiste en una serie de actos diversos y sucesivos, tanto de los funcionarios que conocen de él, como de los particulares que lo ventilan, constituye un conjunto de formalidades, por ello, no se le puede reconocer la figura de coadyuvante porque no la presentó en tiempo y forma.”

Informó que se le dejan a salvo los derechos del actor, “están subsanados sus derechos de los que sí puede ser parte en el juicio”, finalizó el Magistrado Presidente.

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Imagen BBC