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Feminicidios se castigarán hasta con 60 años de prisión
Feminicidios se castigarán hasta con 60 años de prisión
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Feminicidios se castigarán hasta con 60 años de prisión

01 de mayo, 2012
Por: Dulce Ramos
@WikiRamos 

En la última sesión ordinaria, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 311 votos diversas reformas y adiciones para combatir el “feminicidio”, y estableció sanciones que van de los 40 hasta los 60 años de prisión.

Con la aprobación unánime, las diputadas de las fracciones de los siete partidos con representación en esa soberanía festejaron que se avalara la ley, que incluye el castigo de un mínimo de ocho años de cárcel contra quien cometa el delito de violación sexual.

Los diputados avalaron la minuta del Senado que reforma el Código Penal Federal y las leyes General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Orgánica de la Administración Pública Federal y Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Con estas reformas se fortalece el sistema de justicia penal en pro de las mujeres, pues esta minuta se mandó al Ejecutivo federal para su publicación.

Las diversas reformas establecen los principios que garantizan la igualdad de género y tipifican como nuevo delito la inseminación no consentida, con la que estableció sanciones de cuatro a siete años de cárcel, y una pena de cinco a 14 años de prisión contra quien la cometa.

El dictamen establece como conducta delictiva el delito de esterilidad provocada, con penas de cuatro a siete años de cárcel, cuando sin el consentimiento de una persona se practiquen en ella procedimientos quirúrgicos, químicos o de cualquier otra índole para hacerla estéril.

Los cambios también tipifican como delito el “abuso en medio laboral”, que será sancionado con prisión de tres a ocho años cuando se obligue a alguien a renunciar a su empleo para evitar responder a acusaciones de acoso, hostigamiento o para ocultar violaciones a la Ley Federal del Trabajo.

Se establece, además, la reparación del daño de manera integral y proporcional a la afectación causada, extendiéndose no sólo al daño patrimonial sino extrapatrimonial, y se agrava la pena para el agente del Ministerio Público que no solicite esa reparación.

También cuando haya existido “entre el activo y la víctima” una relación sentimental, afectiva o de confianza; que haya habido amenazas, acoso o lesiones del sujeto activo contra la víctima, o que su cuerpo sea expuesto o exhibido en un lugar público.

Los delitos contra los menores de edad prescribirán penalmente a partir del día en que la víctima cumpla la mayoría de edad, destacó.

Notimex

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Imagen BBC

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