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Avala Corte a Cofetel en interconexión
Avala Corte a Cofetel en interconexión
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Avala Corte a Cofetel en interconexión

28 de febrero, 2012
Por: Dulce Ramos
@WikiRamos 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) continuó hoy con el análisis de diversos amparos relacionados con el establecimiento de tarifas de interconexión entre empresas de telefonía celular y precisó que la Cofetel no es un órgano que resuelva litigios en este sentido.

Al abordar un nuevo tema dentro de los juicios sobre este asunto, los ministros puntualizaron hoy que las decisiones que toma la Comisión Federal de Telecomunicaciones ante la falta de conveniencia por tarifas de interconexión, constituyen un acto administrativo.

Al iniciar el análisis de un amparo a cargo de Luis María Aguilar Morales, la mayoría de los integrantes del Pleno sostuvieron que la determinación de condiciones en materia de interconexión por parte de la Cofetel constituye “una función meramente administrativa y no jurisdiccional”.

En el juicio en el que están involucrados las compañías Axtel y Telcel, la Corte subrayó que de ninguna manera la Cofetel está facultada para solucionar una contienda o litigio, sino para establecer una regulación mediante la cual se ejerza la rectoría del Estado en materia de telecomunicaciones.

En este sentido, agregaron que al regular las tarifas de interconexión no significa necesariamente que tenga que optar por una de las posturas de las partes, por lo que el desacuerdo en materia de interconexión debe solucionarse en sede administrativa y no en un juzgado.

Por lo tanto, la Cofetel, subrayaron los ministros, tiene la facultad de regular un acto administrativo “en el que la autoridad exterioriza su rectoría en materia de telecomunicaciones”.

En la próxima sesión, el Alto Tribunal continuará con el análisis de otros temas, como el que si la Cofetel es competente para emitir la regulación, así como la validez de la sentencia de un juez sobre la forma de medir el tráfico de llamadas para el establecimiento de las tarifas.

Recordemos que ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió  que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) no está facultada para revisar ni modificar, las resoluciones de la Cofetel en materia de tarifas de interconexión entre empresas de telefonía celular.

Ntx

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Etiquetas:
COFETEL
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Imagen BBC