La Procuraduría General de la República (PGR) deberá entregar la versión pública de las conclusiones que emitió el Ministerio Público de la Federación en los procesos penales seguidos contra Alejandro Echavarría “El Mosh” y otros líderes del Consejo General de Huelga (CGH) tras el desalojo de Ciudad Universitaria en febrero del 2000.
El pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) revocó la reserva que había emitido la PGR respecto a una solicitud de información presentada por un particular, mediante la cual pidió información, específicamente, de Alejandro Echavarría “El Mosh”, Jorge Martínez Valero, Alberto Pacheco y Víctor Manuel Alejo Plata.
Por lo anterior, el Ifai instruyó a la PGR a que elabore versiones públicas que incluya información sobre:
1. Las conclusiones que emitió el Ministerio Público de la Federación en cada una de las causas penales 25/100-V, 20/2000, 16/2003-I, y aquella que derivó en el recurso de apelación 499/2001-IV, una vez cerrada la etapa de instrucción.
2. Las sentencias y resoluciones siguientes:
• Sentencia dictada en la causa penal 25/100-V por el Juez Quinto de Distrito en Materia Penal en el Distrito Federal.
• Sentencia absolutoria dictada el 27 de agosto de 2001 por el Juez Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales.
• Resolución de recurso de apelación emitida por el Cuarto Tribunal Unitario Penal del Primer Circuito dentro del Toca Penal 499/2001-IV.
• Sentencia absolutoria dictada el 13 de marzo de 2006 por el Juez Sexto de Distrito de Proceso Penales Federales en la causa penal 16/2003-I.
• Resolución de recurso de apelación emitida el 24 de mayo de 2006 por el Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito dentro del Toca Penal 140/2006.
• Auto de sobreseimiento dictado por la autoridad jurisdiccional el 28 de junio de 2000 dentro de la causa penal 20/2000, que causó estado el 10 de julio del mismo año.
3. La promoción presentada por el Agente del Ministerio Público Federal ante el Juez que conoció de la causa penal 20/2000, que impidió el dictado de sentencia.