La Organización Internacional del Trabajo (OIT) determinó que la extinción de Luz y Fuerza del Centro (LyFC) se ajustó a los principios y convenios internacionales, ya que en todo momento se garantizaron los derechos sindicales de los trabajadores.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informó en un comunicado que durante la 311ª reunión del Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo, órgano ejecutivo de la OIT decidió desechar y no entrar al estudio del asunto de la queja presentada por el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) en noviembre de 2009.
El Comité determinó que el Decreto de Extinción de Luz y Fuerza del Centro se ajustó a los principios contenidos en los convenios núm. 87 sobre libertad sindical y la protección del derecho de sindicación y núm. 98 sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva.
El Comité estimó que la queja en cuestión no era admisible tras examinar la comunicación de fecha 26 de noviembre de 2009 presentada por el SME y las observaciones del Gobierno.