La Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la Asamblea Legislativa aseguró que con la recién aprobada reforma al artículo 1316 del Código Civil para el DF los infieles sí podrán heredar.
El presidente de la Comisión Julio César Moreno Rivera, señaló que hubo una confusión, pues algunos legisladores habían interpretado de otro modo la reforma recién aprobada, pues el dictamen indica que “será incapaz de heredar por testamento o por intestado el cónyuge sentenciado como responsable de daño moral, esto abraca desde golpes, insultos, restricciones varias, infidelidad, entre otras, en perjuicio de su cónyuge, si se trata de suceder al cónyuge dañado”.
Asimismo, Moreno Rivera dijo que “la confusión es porque antes de la reforma al artículo 1316 del Código Civil, se establecía que eran incapaces de heredar por testamento el cónyuge que fue declarado adultero, actualmente como el adulterio desapareció como causal de divorcio y como delito, se suplió la palabra infiel por la de daño moral”.
Por tanto, los infieles siguen siendo sujetos con derecho a heredar de su cónyuge siempre y cuando no hayan sido sentenciados por daño moral.
Sin embargo, no es lo único que fue aprobado la semana pasada, pues la fracción III también establece que son incapaces de heredar por testamento o por intestado, el cónyuge sentenciado como responsable de daño moral en perjuicio de su cónyuge, si se trata de suceder al cónyuge dañado.
Redacción Animal Político.