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SCT no puede negarnos el acceso a la tv: Telmex
SCT no puede negarnos el acceso a la tv: Telmex
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SCT no puede negarnos el acceso a la tv: Telmex

31 de mayo, 2011
Por: Dulce Ramos
@WikiRamos 

Oficinas de Telmex.//FOTO: Cuartoscuro

La Jornada publica hoy que el director jurídico de Teléfonos de México, Javier Mondragón, interpondrá esta semana el recurso de inejecución de sentencia en contra de la actuación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), debido a que no respondió de manera congruente, completa, fundada y motivada, como ordenó un tribunal, a la solicitud de la empresa de ingresar al negocio de radio y televisión de paga.

La casa de bolsa UBS señaló que la respuesta de la SCT permite prever que el gobierno mexicano no permitirá a Telmex competir en el negocio del triple play hasta que cumpla con las condiciones del acuerdo de convergencia y toda la regulación sobre competencia que se le imponga para reducir las tarifas de interconexión. UBS informó a los mercados que la SCT le negó a Telmex el cambio de título de concesión porque no cumplió con obligaciones específicas marcadas en el acuerdo de convergencia ni con información específica sobre eficiencia y calidad en los servicios de interconexión.

A pesar de las expectativas en contra para la empresa de Carlos Slim, que tiene 85 por ciento de las líneas telefónicas fijas del país, UBS previó que Telmex obtendrá este año el permiso para entrar a la televisión de paga. Mientras eso ocurre, los litigios de Telmex en contra de decisiones de distintas entidades del gobierno mexicano continúan y cada vez con más fuerza, en esta ocasión en respuesta a la negativa de la SCT para cambiarle el título de concesión y permitirle competir con las empresas de televisión de paga en ese negocio y en el de triple play, que incluye video, Internet y telefonía fija.

El abogado de Telmex, Javier Mondragón, afirmó que la SCT contestó al mandato del séptimo tribunal y al requerimiento del juzgado sexto, pero no con la precisión que le requirió la autoridad judicial, por lo que no se puede interpretar que haya cumplido a cabalidad con la sentencia, además de que la empresa no quedó satisfecha con el sentido de la respuesta ni con la argumentación.

Lea la nota completa en La Jornada.

 

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Imagen BBC