El Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó sancionar con una pena de cárcel que va de los 6 meses a los 10 años y de 400 a 4000 días multa para castigar el fraude laboral.
De esta manera, la adición del artículo 233 bis al Código Penal, sancionará al que por medio del engaño, con el fin de obtener un lucro para sí o para otro, ofrezca por cualquier medio, un empleo que resulte falso o inexistente en perjuicio del patrimonio del solicitante.
Julio César Moreno Rivera, el promotor de la iniciativa señaló que el objetivo es no dejar en el desamparo a los ciudadanos afectados por esta nueva modalidad de fraude, que ante la falta de intervención del Estado, se debe de tipificar esta conducta no sólo como medida de represión si no en la labor de prevención criminal.
El también presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, agregó que las personas que son enganchadas para conseguir un buen empleo, les imparten algún tipo de capacitación o plática que incluye gastos económicos desembolsados por parte del aspirante y una vez concluido el “curso de capacitación”, les dicen que no hay trabajo, que no existe el empleo originalmente ofrecido, generando una lesión económica al demandante de la plaza laboral.
Redacción Animal Político.