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El “No fumar” en locales cerrados es constitucional: SCJN
El “No fumar” en locales cerrados es constitucional: SCJN
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El “No fumar” en locales cerrados es constitucional: SCJN

14 de marzo, 2011
Por: Dulce Ramos
@WikiRamos 

La prohibición total para fumar en locales cerrados es constitucional, determinó el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al desechar el primero de seis amparos que fueron promovidos por restaurantes y hoteles, quienes se quejaron de violaciones a garantías como libertad de trabajo, no discriminación y derecho de propiedad.

Así, la Corte avaló la constitucionalidad de la Ley Antitabaco del Distrito Federal, que está vigente desde 2008. Por unanimidad, el pleno de la SCJN determinó que por ser un problema de salud pública (el tabaquismo), el Estado está facultado para tomar medidas destinadas a salvaguardar la salud tanto de los fumadores, como de los no fumadores, al señalar limitaciones y restricciones en la operación de restaurantes y bares.

Los 11 ministros de la SCJN avalaron el proyecto presentado por José Ramón Cossío, quien negó el amparo. Sin embargo, será mañana martes cuando declaren la resolución de manera oficial, ya que primero deberán afinar los criterios que servirán como base para dictaminar los amparos pendientes.

Las leyes de Protección a los No Fumadores del DF y de Establecimientos Mercantiles ordenan a los comercios a obligar a los clientes que se nieguen a dejar de fumar a salir del local o llamar a la policía si el cliente se resiste. Asimismo, están contempladas multas, clausuras o arrestos de hasta 36 horas para los dueños de establecimientos que se nieguen a cumplir con estas reglas.

Hoy, la Corte resolvió que estas medidas “no son inusitadas ni trascendentes”, por lo que no violan el artículo 22 de la Constitución.

Con información de La Jornada y Reforma.

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Imagen BBC