El Senado de la República ya analiza las reformas de la Ley General en materia de Trata de Personas.
Con 378 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó el 15 de febrero la reforma constitucional para combatir la trata de personas, proteger a víctimas de este delito y facultar al Congreso de la Unión a concretar una ley secundaria en esa materia.
Se precisa que el resguardo de la identidad y otros datos personales aplicará cuando los afectados sean menores de edad, se trate de delitos de violación, trata de personas, secuestro o delincuencia organizada.
Estas medidas también se aplicarán a las víctimas cuando, a opinión del juzgador, sea necesario para su protección, salvaguardando en todo caso los derechos de la defensa.
Además, se establece la trata de personas como un delito grave, con lo cual se declara oficiosamente la prisión preventiva al imputado durante el proceso penal, ante el riesgo de que se sustraiga de la acción de la justicia.
Así, el juez ordenará la prisión preventiva, oficiosamente en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas y delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos.
Por tanto, se modificarán los artículos 19, 20 y 73 de la Constitución Política y se plantea que el Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio.
Redacción Animal Político.
Con información de Notimex.