El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Instituto Federal Electoral (IFE) deberá establecer si los spots del V Informe de Gobierno del Estado de México constituyeron promoción personalizada de Enrique Peña Nieto.
Por unanimidad los siete magistrados de la Sala Superior del TEPJF revocaron la determinación del IFE que, entre otras cuestiones, se declaró incompetente y remitió el expediente al Instituto Electoral del Estado de México.
La magistrada María del Carmen Alanis Figueroa enfatizó que con esta resolución se contribuye a aclarar otro aspecto del artículo 134 constitucional, al determinar que compete al IFE pronunciarse sobre la supuesta promoción personalizada difundida a nivel nacional; de lo contrario, no habría autoridad competente en la materia.
En su queja el Partido Acción Nacional (PAN) consideró que con los spots denunciados se violó el artículo 134 constitucional por llevar a cabo promoción personalizada con recursos públicos; asimismo denunció la afectación de los proceso electorales locales en Baja California Sur y Guerrero.