La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por unanimidad que Petróleos Mexicanos (Pemex) celebre contratos y convenios con particulares en tareas como la exploración y explotación del hidrocarburo.
La Corte declaró constitucional el artículo 62 de la Ley de Petróleos Mexicanos, donde se establecen los términos y condiciones en los que la Pemex debe celebrar sus contratos, y acordar sus formas de pago.
Los ministros determinaron que dicho artículo no va en contra de la carta magna y repite conceptos que el mismo Congreso estableció en dicha legislación, que sostiene que “se mantendrá, en todo momento, el dominio directo de la Nación sobre los hidrocarburos”.
La Suprema Corte respaldó el proyecto de la ministra Margarita Luna Ramos, quien propuso que la fracción normativa que se refiere a estos contratos es constitucional y está en correlación con la ley de Pemex, aprobada por los legisladores.
Además, los ministros puntualizaron que la ley limita de forma clara que los pagos por estos contratos serán siempre en efectivo, y que en ningún caso podrá pactarse como pago un porcentaje de la producción o del valor de las ventas de los hidrocarburos.