La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la constitucionalidad de la reforma electoral recién aprobada por el congreso del Estado de México, que elimina la figura de las candidaturas comunes.
Tras revisar cada uno de los argumentos planteados por el PRD, PAN y Convergencia contra la reforma electoral, el Pleno del máximo tribunal del país declaró infundados los juicios promovidos por esos partidos.
Así y de manera unánime la SCJN determinó que la reforma mexiquense no viola ninguno de los principios de la Constitución.
Además de la eliminación de las candidaturas comunes, la Corte también avaló la modificación al monto del financiamiento que corresponde a cada partido político por actividades ordinarias, así como la disminución de los periodos de las campañas electorales y de las precampañas.
El pasado 23 de septiembre, el gobernador del Estado de México, Enrique Peña Nieto, publicó en la Gaceta de Gobierno, el decreto de reformas a la Constitución Política Local, que deroga la figura de “candidaturas comunes” en el territorio mexiquense.