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Diputados aprueban que México tenga consultas populares (sólo para algunos temas)
Diputados aprueban que México tenga consultas populares (sólo para algunos temas)
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Diputados aprueban que México tenga consultas populares (sólo para algunos temas)

10 de diciembre, 2013
Por: Dulce Ramos
@WikiRamos 
Participación ciudadana en el DF. Foto Cuartoscuro.
Participación ciudadana en el DF. Foto Cuartoscuro.

[contextly_sidebar id=”e8f724005d58907dc207a1b1b4006b8b”]El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con modificaciones en lo general y artículos no reservados, el dictamen que expide la Ley Federal de Consulta Popular.

Esta legislación fue avalada por 431 votos a favor, 36 en contra y una abstención, y garantiza que los ciudadanos ejerzan su derecho de opinión, mediante el voto emitido, respecto de uno o varios temas de trascendencia nacional y el resultado será vinculatorio.

Esta minuta que se remite al Senado de la República para su revisión, surgió del consenso de las tres principales fuerzas políticas representadas en esta Cámara de Diputados.

Se destaca que el resultado de la consulta es vinculante para los poderes Ejecutivo y Legislativo, así como para las autoridades competentes, cuando la participación total corresponda, al menos, al 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.

Además que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará la constitucionalidad de la pregunta que se aplicará y sobre el tema que se va a consultar a la ciudadanía, y se prohíbe la difusión de programas de gobierno para evitar infundir en la decisión de las personas que participen, y la difusión estará a cargo del Instituto Federal Electoral (IFE).

Entre los cambios se añadió que se tendrá un anexo que contenga los nombres completos de los ciudadanos y su firma, además de la clave de elector y el número identificador al reverso de la credencial.

También se avaló que en el artículo 41 se diga que el Instituto Federal de Elector (IFE) promoverá la difusión y discusión informada de las consultas populares que hayan sido convocadas por el Congreso de la Unión y garantizará el acceso a la radio y televisión a quienes hubieran presentado la petición a través de los tiempos oficiales que le corresponde administrar para sus propios fines.

Se agrega en esta parte que lo anterior cuando a juicio del Instituto el tiempo total en radio y televisión a que se refiere el párrafo anterior fuese insuficiente determinará lo conducente para cubrir el tiempo faltante.

Ninguna otra persona, sea física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de los ciudadanos sobre la consulta popular.

Se aprobó adicionar un quinto transitorio en el dictamen que por única ocasión que los requisitos al aviso de intensión y al formato para la obtención de firmas a los que se refiere esta ley no será aplicables a las peticiones de consulta ciudadana que hayan sido presentadas al Congreso de la Unión con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley.

Se agregó que tanto el Congreso como el IFE tendrán una función medular para garantizar a los ciudadanos el pleno ejercicio de este derecho, sin olvidar los medios de impugnación que pueden ser promovidos contra las resoluciones dictadas por este último.

El derecho a la consulta popular, agrega, es obligatorio y también podrá ser ejercido por los mexicanos residentes en el extranjero, exclusivamente cuando la consulta coincida con la elección de Presidente de la República, conforme a lo dispuesto en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

Menciona que serán objeto de consulta popular los actos de carácter legislativo del Congreso de la Unión, así como los administrativos del Ejecutivo federal, siempre que sean de trascendencia nacional.

Los temas deberán tener esta condición y serán calificados por la mayoría de los legisladores presentes en cada cámara, con excepción de la consulta propuesta por los ciudadanos, en cuyo caso lo resolverá la SCJN.

Se entiende por trascendencia nacional cuando el tema repercuta en la mayor parte del territorio nacional; impacte en una parte significativa de la población; proponga la creación, modificación o eliminación de políticas públicas que repercutan en la mayor parte del país o afecten a una parte significativa de los ciudadanos, menciona.

Del mismo modo, proponga legislar sobre nuevas leyes o modificaciones a las existentes que repercutan en una parte significativa de la población, y los temas que determine el Congreso.

El dictamen establece que no podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por la Constitución, así como los principios consagrados en el artículo 40 de la Carta Magna; la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de las fuerzas armadas.

El 9 de agosto de 2012, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se adicionó una fracción VII al artículo 35 constitucional, que instaura el derecho a los ciudadanos a votar en las consultas populares, respecto de temas de trascendencia nacional.

Ayer el PRD acordó con la Junta de Coordinación Política dar paso al proceso de consulta popular, a cambio de permitir que continuara la discusión de la reforma energética en comisiones unidas del Senado.

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Imagen BBC