A partir de este julio, las empleadas y empleados del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y Fiscal del Estado de México cuentan con una nueva prestación: un día de descanso extra al mes, para recuperarse en casa de “complicaciones de tipo fisiológico”, específicamente dolor menstrual intenso, así como los malestares asociados con la “adultez madura”, es decir, con el periodo de vida comprendido entre los 40 y los 60 años.
[contextly_sidebar id=”XZiMUq6IRoD2eXwhFixdPKritLdUZxRc”]Tal como señala el “acuerdo” con el cual se oficializó esta nueva prestación (publicado en el Periódico Oficial del gobierno mexiquense), estas dolencias suelen entenderse erróneamente como una “excusa para ausentarse de las labores”, cuando en realidad son una “realidad que requiere atención y un cambio de visión profundo”, orientada hacia la “protección del derecho de la salud tanto de hombres como de mujeres”.
En el caso de las empleadas del Tribunal, éstas podrán solicitar la “licencia” de descanso cuando presenten cuadros de dismenorrea, es decir, menstruación acompañada de dolor pélvico, nauseas, vómitos o mareos.
Aunque se subraya que la dismenorrea no es una complicación médica en sí misma, se reconoce también que aproximadamente la mitad de las mujeres en la “adultez media” sufren dolores en cada periodo menstrual, y “alrededor de 10% de las mujeres que presentan esta forma de dolor tienen un grado de intensidad suficiente para llegar a incapacitarlas, durante uno o dos días al mes”.
Asimismo, las empleadas del Tribunal podrán acceder a la licencia de ausencia cuando presenten cuadros de menorragia, que son los periodos menstruales con hemorragias anormalmente intensas o prolongadas, las cuales, “en casos severos pueden restringir las actividades diarias, debido al flujo menstrual abundante”.
Igualmente, podrán acceder a este beneficio cuando presenten condiciones médicas asociadas a la menopausia, es decir, a los cambios fisiológicos que presentan las mujeres cuando concluye su periodo de producción de hormonas, y que acarrea consecuencias diferentes en cada persona, que pueden ir desde “incomodidades mínimas” hasta “problemas moderados o graves”.
Entre estas complicaciones se encuentran los bochornos, la pérdida involuntaria de orina, la fatiga o el cansancio sin causa aparente, el hormigueo en extremidades, las palpitaciones, la pérdida de masa muscular, el aumento del tejido graso, así como cambios emocionales, como el nerviosismo, la tristeza, la irritabilidad y la inquietud.
La nueva licencia para ausentarse de las labores, instaurada en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo y Fiscal del Estado de México, es un beneficio al que no sólo podrán acceder las empleadas de la institución, sino también los trabajadores de sexo masculino.
En su caso, los empleados del Tribunal podrán solicitar este permiso de ausencia mensual, cuando presenten condiciones físicas asociadas a la andropausia o “menopausia masculina”.
Al igual que las mujeres, los hombres en el periodo de “adultez madura” llegan a un punto de la vida en el que disminuye o cesa la producción de hormonas, situación que, en algunos casos, genera cuadros de “gradual e indeseable deterioro de su sexualidad, estado de ánimo y energía en general”, situación que puede generar “riesgos de salud más graves” a los hombres que la enfrentan.
Tras reconocer que la andropausia es una condición física “subdiagnosticada”, debido a que sus síntomas pueden ser vagos y muy distintos de un hombre a otro, así como por el hecho de que muchos hombres niegan u ocultan sus padecimientos por razones de autoestima, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo mexiquense subrayó la necesidad de “dejar de estigmatizar estos temas”, “romper tabúes” y “establecer un papel proactivo en las instituciones del estado”.
Así, en el caso del personal masculino del Tribunal, se podrá acceder a la licencia de ausencia mensual cuando tengan 50 años de edad o más, y presenten cuadros de bochornos, insomnio, paplitaciones, dificultades de concentración, disminución de la actividad intelectual, irritabilidad, depresión o fatiga.
El objetivo de esta medida, tal como señala el acuerdo del Tribunal, es fomentar que sus empleados, tanto hombres como mujeres, accedan y den continuidad a tratamientos clínicos que les permitan mejorar su calidad de vida, y de esta forma ejerzan sus cargos públicos “en un estado óptimo”, por lo cual, en todos los casos, la solicitud de licencia deberá ir precedida de un diagnóstico médico que acredite su condición.