El pasado 7 de junio, la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México dio a conocer el hallazgo de cinco cadáveres dentro de un domicilio particular, en la delegación Magdalena Contreras: se trataba de tres menores de edad (un niño y dos niñas gemelas), así como la madre y el abuelo de éstos.
[contextly_sidebar id=”PvBLaOWxD7u95acK6BIf42GQX2tRh129″]Por filtraciones de la misma Procuraduría, un día después se supo que en el lugar también fue hallada una carta póstuma, en la que la madre explicaba sus motivos: había decidido quitarle la vida a los menores, y luego suicidarse junto con los abuelos, para evitar que los niños quedaran bajo la tutela del padre, al que acusaba de abusar sexualmente de ellos.
Sin embargo, la Procuraduría rápidamente salió ante los medios de comunicación para descartar la veracidad no de la carta, sino de su contenido, y el entonces titular de la dependencia, Rodolfo Ríos Garza (quien renunció al cargo dos semanas después) afirmó que aún cuando la mamá había presentado tres denuncias en contra del progenitor, entre 2012 y 2016, en todos los casos se descartó que los niños sufrieran de abuso sexual.
“Hubo tres expedientes (judiciales, relacionados con las denuncias) y en ninguno de ellos se acreditó que existiera un abuso sexual”, subrayó el entonces procurador.
No obstante, Ríos Garza mentía: en el expediente integrado por este caso sí existen peritajes, incluido uno del DIF, que refieren ataques sexuales presuntamente perpetrados por el padre.
No se trata de peritajes nuevos: fueron exámenes psicológicos integrados al expediente en 2012.
Aún cuando estos estudios hacían referencia de las supuestas agresiones perpetradas por el progenitor, las autoridades de la Ciudad de México decidieron en 2016 retirarle la tutela de los tres niños a la madre, y entregársela al padre.
En el año 2011, la madre de estos tres menores decidió separarse del progenitor, tras detectar trastornos físicos y en el comportamiento del mayor de los niños, en ese entonces de tres años de edad.
Un año después, en el marco de la lucha legal por la tutela de los menores, el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal ordenó al Sistema Integral Para la Familia (DIF) que realizara estudios al hijo varón, para determinar si efectivamente había sido víctima de abuso sexual.
Luego de doce sesiones con un especialista de la institución, el DIF de la Ciudad de México presentó el día 14 de junio de 2012 las conclusiones de su “valoración psicológica”, según la cual “es de suma relevancia tomar en cuenta el dicho del menor, hacia que fue abusado por parte de su progenitor.
Más allá del dicho de la madre, el menor lo menciona directamente en dos sesiones diferentes, sesiones en las cuales la situación terapéutica era completamente diferente, pero que en ambas el tema salió de manera espontánea y natural”.
En este estudio oficial, del que Animal Político posee una copia, se reproducen los diálogos y las situaciones de juego en las que el menor, de manera espontánea, describe distintos abusos de índole sexual.
Según este estudio, la relación emocional del niño con su madre, sus dos hermanas y sus abuelas revelaba un “apego saludable”, sin embargo, se destaca que el menor “presentó un cuadro de angustia al referirse a su progenitor”.
Luego subraya: “Tomando en cuenta lo expresado por el menor durante su proceso de valoración psicológica, se concluye la posibilidad de haber sufrido algún tipo de violencia durante la convivencia y crianza con su progenitor.
Por lo anterior, se destaca, “no es recomendable que el menor conviva con su progenitor, ya que este último es identificado como generador de maltrato”.
El mismo estudio del DIF insiste en que estos testimonios del menor fueron espontáneos, y que “no existen elementos que sugieran que el menor esté alienado y que su decir haya sido inducido” para atribuir a su progenitor conductas ilegales, y por el contrario, el especialista encargado de la evaluación sugiere brindar a la madre y los abuelos “apoyo psicológico especializado para desarrollar las herramientas básicas necesarias, que les sigan permitiendo mejorar los estilos de crianza, saludables y adecuados” que ya otorgaban al menor.
Dicho apoyo a la madre y los abuelos nunca se dio.
Por el contrario, cuatro años después, el Tribunal de Justicia de la Ciudad de México determinó retirar la patria potestad a la madre, y ordenó a una asociación civil diseñar una terapia que permitiera al padre recuperar la relación “paterno-filial” con el niño.
Paradójicamente, aunque el Tribunal nunca reconoció que el menor hubiera sufrido agresión sexual, la asociación civil a la que ordenó restablecer el vínculo filial se especializa, precisamente, en dar atención a víctimas de violación.
En diciembre de 2012, el Juzgado Décimo en materia Familiar, encabezado por la juez Cristina Espinosa Rosello, ordenó a la Asociación para el Desarrollo Integral de Personas Violadas AC (Adivac) “que se les proporcione terapias” tanto al padre como al menor, “a fin de establecer el vínculo paterno-filial entre ambos”.
A principios de 2013, Adivac notificó al Juzgado Décimo de lo Familiar que aceptaba brindar la atención solicitada, y aclaró que empezaría por evaluar al menor.
Luego de trece sesiones de terapia, en mayo de 2013, Adivac determinó que, tal como había expresado antes el DIF, el niño presentaba evidencias y brindaba testimonios espontáneos en los que describía distintos abusos cometidos presuntamente por su progenitor.
Además, Adivac detectó en el menor algunas consecuencias directas de estas agresiones, tales como “sentimientos de culpa, ansiedad, angustia, impulsividad, baja autoestima, agresividad reprimida, enuresis (alteraciones en la actividad urinaria), sobresaltos nocturnos eventuales, miedo, entre otros”.
Tras realizar diversos tipos de evaluación, todos los cuales concluyeron que el niño fue víctima de agresión sexual, Adivac anunció a la juez Cristina Espinosa Rosello que “promoviendo el interés superior del niño, es recomendable que no conviva con su papá, ya que como el niño ha referido en las sesiones antes reportadas, fue su papá quien lo violentó”.
Asimismo, subraya que la “bibliografía especializada en el tema, estadísticas oficiales y la experiencia de más de 20 años de trabajo como asociación civil en el tema de la violencia sexual infantil, demuestran que la población antes mencionada (la niñez) no miente respecto a la vivencia de una violencia sexual, y mucho menos pueden ser objeto de manipulación, ya que una experiencia de esa naturaleza la expresan de forma espontánea”.
En respuesta, la juez amenazó a Adivac con imponerle una multa de 30 mil pesos por no realizar “las terapias que fueron ordenadas para restablecer la relación paterno-filial”.
Luego, en 2014, la juez le ordenó a Adivac no realizar más pruebas psicológicas al menor, orientadas a documentar las agresiones sexuales sufridas en 2011.
Como parte de las pruebas para investigar la denuncia por abuso sexual, la juez Cristina Espinosa Rosello solicitó la colaboración del Servicio Médico Forense de la Ciudad de México (Semefo), para que un perito especializado elaboraba un peritaje al menor.
Tras una entrevista realizada el 31 de octubre de 2012, el especialista del Semefo concluyó que el menor “es un niño inteligente”, una característica que no se presenta en menores agredidos.
Según el peritaje, “los niños que han sufrido cualquier tipo de maltrato, pero especialmente el sexual, presentan un mayor déficit cognitivo, son impulsivos, menos creativos y más distraídos, su persistencia es menor, tienen dificultades para resolver problemas, presentan déficit de atención que compromete su rendimiento en las tareas académicas”.
Además, el peritaje aseguraba que entre los 3 y los 6 años, los niños agredidos sexualmente “tienen problemas para expresar y reconocer los afectos, manifestando mayormente emociones negativas, presentan patrones distorsionados de interacción, tanto con sus cuidadores como con sus compañeros (…) presentan más síntomas depresivos, mayores índices de baja autoestima y desesperanza en cuanto al futuro, una inusual aparición de comportamientos sexuales precoces”.
Estos síntomas, según el peritaje, “no se encontraron en el menor evaluado”, por lo cual determinó que eran infundadas las acusaciones de agresión sexual.
El especialista concluyó que “no se detectan elementos que indiquen la posibilidad de victimización sexual”, aún cuando el menor le narró los abusos que su papá cometió, “sin haberle preguntado” del tema.
Cabe destacar que en el peritaje se descartó que el menor hubiese sido agredido sexualmente, tras una única sesión de terapia con el menor, en la cual empleó como técnica la “entrevista cognitiva y observación directa”.
En cambio, para determinar que efectivamente existen evidencias de abuso sexual, tanto el DIF como Adivac realizaron, cada una, más de una decena de sesiones con el menor, en las que aplicaron distintos procedimientos terapéuticos para evaluar su condición.
La madre del menor presentó una queja ante el consejo de la judicatura contra la juez Espinosa, por ignorar los peritajes del DIF y Adivac.
En respuesta, la juez se declaró incompetente para seguir viendo el caso, siendo turnado al juzgado 11 de lo familiar, cuya titular Silvia Araceli García Lara ratificó todas las resoluciones de su antecesora y ordenó retirar la patria potestad a la mamá y le advirtió que la llevaría a la cárcel si no cumplía con la resolución.
En una carta póstuma, que es investigada por las autoridades, la madre dio las razones de su actuar. Ante la amenaza de ir a la cárcel por desacato, de no volver a ver más a sus tres hijos, y de tener que entregarlos a su padre, tomó su decisión. Sólo la abuela sobrevivió a la sobredosis de medicamentos ingerida por la familia.
Animal Político buscó este martes a la PGJDF y al Tribunal de Justicia de la Ciudad de México para tener un comentario sobre los peritajes ignorados, y saber qué ocurrió con la queja presentada contra la Juez Espinosa, pero hasta el momento no se ha tenido una respuesta oficial.
Nota del editor: La versión original de esta nota fue editada el miércoles 5 de julio de 2017.