Nota del editor: Esta información fue publicada originalmente en 2017, por lo que fue modificada y actualizada para proporcionar datos de servicio al lector.
Es temporada vacacional, por lo que nunca faltan las historias de ciudadanas y ciudadanos que denuncian el retraso o la cancelación de vuelos por parte de una aerolínea.
Sin embargo, los derechos de pasajeros de aerolíneas en todo el país contemplan sanciones a las empresas concesionarias en varios casos.
Te recordamos que desde el 27 de junio de 2017, entraron en vigor las modificaciones a la Ley de Aviación Civil, que prevén sanciones a las aerolíneas en caso de sobreventa o retraso en los vuelos imputables.
De hecho, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha validado en más de 20 ocasiones las reformas de esta ley, con el el objetivo de “proteger los derechos de pasajeros de avión”.
Cuando viajes recuerda que si te cancelan el vuelo o se retrasa la aerolínea debe indemnizarte. La #SCJN validó las reformas a la Ley de Aviación Civil y protegió derechos de pasajeros de avión. Jurisprudencias https://t.co/X2ctBNdHAx pic.twitter.com/OE5010pvK3
— Suprema Corte (@SCJN) 16 de abril de 2019
Las empresas tienen 90 días hábiles para cumplir con las medidas y tú debes conocer tus derechos, por lo que a continuación te presentamos los más importantes:
Las aerolíneas están obligadas a informar a los pasajeros cuando se produzcan cambios en el itinerario de los vuelos o cualquier otra circunstancia que pueda afectar al servicio contratado.
Los avisos se deben realizar vía telefónica, por correo electrónico, a través de mensajes de texto o por cualquier otro medio electrónico.
Los avisos deben realizarse con al menos 24 horas de anticipación a la salida programada.
En caso de que los cambios ocurran dentro de las 24 horas previas a la salida programada, la aerolínea deberá informarte en cuanto tenga la certeza de que dichos cambios son inevitables.
Si las aerolíneas presentan un retraso en la hora de salida y la causa es atribuible a las empresas, los pasajeros serán compensados a través de descuentos para vuelos en el futuro hacia el destino contratado o alimentos y bebidas.
“Si hay una demora se estará sancionando a partir de la primera hora con una compensación que las aerolíneas tendrán que realizar mediante una política de descuentos y otorgar alimentos y bebidas.
“Si la demora es mayor de dos horas pero menor a cuatro, los descuentos incluidos en las políticas de compensación no podrán ser menores de 7.5% del precio del boleto.
“En el caso de que aterricen en un lugar distinto, las aerolíneas deberán trasladar al pasajero por los medios más rápidos y disponibles.
“La devolución del costo del boleto se dará en caso de la demora mayor de cuatro horas o bien por la cancelación del viaje”, explicó el extitular de la Procuraduría Federal del Consumidor, Rafael Ochoa, en 2017, cuando se hicieron las modificaciones.
Uno de los derechos de los pasajeros es que deberán ser compensados en caso de que sus maletas sean maltratadas o si las pierden.
La compensación será de “más de 11 mil pesos por el equipaje documentado y el equipaje de mano será de más de seis mil pesos, aproximadamente”.
La indemnización por la destrucción o avería del equipaje de mano será de hasta 80 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Por la pérdida o avería del equipaje la indemnización será equivalente a la suma de 150 Unidades de Medida y Actualización.
Las indemnizaciones previstas se deben cubrir en un periodo máximo de 10 días naturales posteriores a su reclamación, salvo las compensaciones de alimentos y hospedaje que deberán ser cubiertas al momento.
Sin importar si se trata de un vuelo nacional o internacional, cada pasajero podrá transportar como mínimo y sin cargo alguno, 25 kilos de equipaje cuando los vuelos se realicen en aeronaves con capacidad para veinte pasajeros o más, pero, en caso de que la aeronave sea de menor capacidad, los pasajeros pueden llevar equipaje de 15 kilos.
En ambos casos, los pasajeros están obligados a acatar las indicaciones de la aerolínea en cuanto al número de piezas y restricciones de volumen.
El exceso de equipaje debe ser transportado de acuerdo con la capacidad disponible de la aeronave y la aerolínea tiene derecho a solicitarte un pago adicional.
En el caso del equipaje de mano, los pasajeros podrán llevar en cabina hasta dos piezas de hasta 55 centímetros de largo por 40 centímetros de ancho por 25 centímetros de alto, y el peso de ambas no deberá exceder los 10 kilogramos.
En caso de que decidas viajar sin equipaje, la aerolínea podrá ofertarte una tarifa preferencial.
Cuando las aerolíneas sobrevendan un vuelo, las empresas están obligadas a solicitar voluntarios que renuncien a viajar a cambio de beneficios que se acuerden directamente con los pasajeros. Tendrán prioridad para abordar en sustitución de los voluntarios las personas con alguna discapacidad, las personas adultas mayores, los menores no acompañados y las mujeres embarazadas.
Tendrán derecho a ser transportados sin condiciones y sin cargos adicionales por transportar instrumentos inherentes a su condición. Las aerolíneas deberán establecer los mecanismos para garantizar el transporte de estas personas conforme a las medidas de seguridad operacional. En vuelos internacionales, los lineamientos serán los fijados de conformidad con los tratados.
Los pasajeros mayores de edad pueden, sin pago de ninguna tarifa, llevar a un menor de dos años a su cuidado sin derecho a asiento y sin derecho a franquicia de equipaje, por lo que la aerolínea está obligada a expedir sin costo alguno a favor del bebé el boleto y pase de abordar correspondiente. Únicamente en este caso, el pasajero podrá transportar sin cargo adicional una carriola.
Cualquier pasajero podrá solicitar la devolución del dinero que pagó por el boleto de avión, en caso de que decida no efectuar el viaje, siempre y cuando comunique a la aerolínea 24 horas contadas a partir de la hora de la compra del boleto. Pasado este plazo la aerolínea determinará las condiciones de la cancelación.
De acuerdo con la Ley de Aviación, en ningún caso será posible el perdón, condonación o cualquier figura que implique el no pago de las indemnizaciones, compensaciones o sanciones establecidas en la ley.
Se podrán transportar y deberán observarse medidas para disminuir la tensión, sufrimiento, dolor y traumatismo durante su movilización, indica el artículo 50 de la Ley de Aviación Civil.
Conoce más sobre tus derechos en esta infografía: