Al hacer un monitoreo ciudadano a 640 audiencias en salas de oralidad del Sistema de Justicia Penal Acusatorio en la Ciudad de México, la organización México Unido Contra la Delincuencia detectó fallas o malas prácticas de jueces, ministerios públicos, defensores públicos y asesores jurídicos públicos en el 94% de los casos.
[contextly_sidebar id=”RwtEV1aoV36CSTutEEaTGIVLqSQDsOBO”]La evaluación fue realizada en las audiencias en Salas de Oralidad de los Juzgados Penales de la Ciudad de México, ubicadas en los reclusorios Norte, Oriente y Sur, y en instalaciones de Doctor Lavista y Sullivan, de agosto de 2016 a enero de 2017.
Entre las principales fallas del nuevo sistema de justicia que comenzó a operar en la capital en 2015, apuntó México Unido, están la de que no se privilegia el principio de oralidad; los jueces son parciales y no garantizan el cumplimiento del principio de presunción de inocencia, y los ministerios públicos carecen de capacidad técnica.
La falla más recurrente en el caso de los jueces, según se detectó en el monitoreo, es la de mostrar parcialidad en favor del Ministerio Público (68 casos), y no procurar que se asigne un asesor jurídico público (58 casos). En promedio, en 2 de cada 10 actuaciones de los jueces se detectaron malas prácticas.
En cuanto a la actuación del Ministerio Público, la principal carencia detectada es la de utilizar medios de prueba insuficientes (86 casos), seguido de presentar una argumentación deficiente en su actuación (23 casos).
Mexicanos Unidos ejemplificó esta situación con el caso del atropellamiento de una usuaria de Ecobici en Avenida Reforma, por un autobús RTP.
“Los cuatro Ministerios Públicos que investigaron el caso probaron la siguiente premisa: el atropellamiento del autobús fue la causa del fallecimiento de la víctima; pero no probaron la premisa que establece la participación del imputado. Los Ministerios Públicos no probaron que el acusado haya sido el chofer que en el momento de los hechos iba manejando la unidad”, narró MUCD.
En este caso, no se respetó el principio de oralidad, en la mayor parte de sus intervenciones los ministerios públicos leyeron sus argumentos; no se presentaron las pruebas previamente anunciadas; no se incorporaron pruebas documentales a través de testigos, y no se acreditó el delito por la falta del testigo principal.
“El testigo fue buscado tres días antes de la audiencia, cuando se tuvieron 2 meses para preparar la testimonial”, señala el reporte.
Respecto a las actuaciones de los defensores públicos, en 227 casos fueron detectados “problemas para aportar, contradecir o confrontar datos o medios de prueba”.
En cuanto a las malas prácticas de los asesores jurídicos públicos, la principal (71 casos) fue que no subsanaron las deficiencias del ministerio público para salvaguardar los derechos de los víctima.
“La participación del Asesor jurídico público es apenas notoria en las audiencias, en la mayoría de los casos sólo respalda lo que expone el Ministerio Público con la siguiente expresión: ‘me adhiero a lo manifestado por el Ministerio Público'”, señaló México Unido.
“Esta situación afecta a la víctima al no recibir la orientación, asesoría e intervención legal necesarias para su representación”, agregó.
“De cada 10 audiencias en las que el Asesor Jurídico representa a la víctima, en 7 se cometen malas prácticas”.
En cuanto a calificación promedio en el Sistema de Justicia Penal, el monitoreo ciudadano evaluó a los jueces con 8.0; a los ministerios públicos con 7.7; a los defensores públicos con 7.4, y en último lugar las actuaciones del asesor jurídico público, con 5.9.
En general, la calificación para la operatividad del Sistema de Justicia Penal Acusatorio fue de 7.2, en una escala de 0 a 10, donde la calificación más baja es 0 y la más alta es 10, en el periodo de agosto de 2016 a enero de 2017.
Aquí puedes revisar todos los datos presentados por México Unido: