Silvia tiene dos años sin estar cerca de su hijo. Cada día, a la misma hora, espera frente a la computadora que el pequeño esté en línea y listo para hablar con ella vía remota.
[contextly_sidebar id=”g0NhHZsd6LOkzOhED4TliHatn32bgREt”]Casi nunca tiene suerte. En estos dos años han entablado entre ocho y diez conversaciones de menos de dos minutos en las que nunca puede preguntarle cómo va en la escuela o qué hizo durante el fin de semana.
Cada vez que se agota el tiempo de espera y Silvia suma otro día sin verlo o hablar con él regresan a su cabeza los argumentos del juez para separarlos: fallas en su rol tradicional de madre.
“¿Qué es un rol tradicional de madre?, ¿qué es un rol tradicional de género?, ¡en qué se supone que fallé y que me valió una sentencia como esa en la que además se me ordena ir a terapia para aceptar esos roles tradicionales!”, dice Silvia en entrevista desde Madrid, España, su ciudad de origen y a donde volvió desde hace al menos tres años.
La expareja de Silvia es mexicano. En 2010 iniciaron un proceso legal por la guardia y custodia del menor y el juez 42 de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal —Andrés Linares Carranza, ahora magistrado— dictó sentencia en diciembre de ese año.
En la sentencia, el juez entregó la guardia y custodia al padre y para mejorar como madre le ordenó a Silvia acudir a terapia psicológica para establecer “sentimientos de afecto, cariño y amor hacia sus semejantes y sobre todo hacia su menor hijo” y para que “en la mayor medida pueda aceptar los roles tradicionales que deben de imperar en toda familia”.
El juez indicó que entre los valores de madre que Silvia, como mujer extranjera, debía aceptar estaban aquellos de “tradiciones mexicanas” en las que su hijo estaba involucrado por ser parte de una familia mexicana.
Y agregó que la terapia debía estar dirigida a que Silvia “no perjudique los intereses tradicionales de terceros, y que cuestione y confronte sus roles y esquemas tradicionales de género, así como su concepto de amor y de familia”.
La discriminación en esta sentencia es doble: de género, al exigir que ella esté alineada a un “rol tradicional”; pero también de nacionalidad, coinciden abogados y defensores de derechos humanos.
“La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido un protocolo para juzgar con perspectiva de género que nunca fue utilizado en este juicio y por otro lado, se le exige, para calificar como madre, la aceptación de tradiciones mexicanas. Hay doble violación de derechos fundamentales”, dice en entrevista Manuel Castro Ramírez, abogado de Silvia.
Pero la defensa legal no es la única que considera que esta sentencia es machista y que se violaron derechos.
En agosto de 2013, tras una apelación y distintos amparos, la Clínica de Justicia y Género Marisela Escobedo, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), presentó un Amicus Curiae —una opinión especializada en el tema, pero externa al caso— en el que detalló que en la sentencia “se detecta un lenguaje discriminatorio en relación con el género y la nacionalidad (de Silvia)”.
“Esta forma de discriminación discursiva está basada en prejuicios y estereotipos respecto de los roles de género y las identidades nacionales, cuestiones señaladas como violencia contra la mujer en la Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer”.
“No es factible que los argumentos que nieguen a la madre el ejercicio de sus derechos y la custodia de su hijo estén basados en una concepción moral discriminatoria basada en roles y estereotipos de género y nacionalidad”, señalan los expertos en justicia y género.
Luis Alberto Muñoz, coordinador de esa clínica de Justicia y Género, explica en entrevista que no se puede sancionar, criminalizar o culpabilizar a una persona por no adecuarse a estereotipos sociales, lo que finalmente es un “rol de género”.
La discriminación es una forma de violencia contra la mujer según lo establecido en la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (Cedaw, por sus siglas en inglés), ratificada por México.
“Estamos hablando de violencia institucional y el juez incumplió con la obligación de no discriminar”, dice Muñoz.
Para la Clínica de Justicia y Género que dirige, el caso de Silvia es similar al de muchas mujeres mexicanas que todavía son víctimas de jueces que hacen a un lado la perspectiva de género. Sin embargo, se diferencia en que hay una “violencia expresa”.
“Hay muchas sentencias en las que el juez tiene un prejuicio en contra de la mujer pero éste nunca es tan evidente. Que en esta sentencia el juez diga que tiene que adecuarse al rol tradicional de madre mexicana de forma expresa pone en evidencia lo que muchos jueces en el país piensan aunque no lo digan”.
El caso de Silvia llegó a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) que en agosto de 2015 ratificó que la sentencia contiene “un lenguaje discriminatorio y con una tendencia a estereotipar a la mujer, sin perspectiva de género y sin respetar la diversidad culturar que conlleva el tener nacionalidades distintas”.
Se ignoraron todos los recursos legales interpuestos por Silvia para revisar los términos discriminatorios de la sentencia. Ésta se declaró definitiva en abril de 2013 y un año después —cuando se desechó el último amparo— un juez ordenó cumplirla. El 10 de julio de 2014 fue la última vez que ella vio a su pequeño.
El caso de Silvia ganó este año el Premio Garrote Especial del Público en los premios Género y Justicia al descubierto de la organización internacional Women’s Link Worldwide, que visibiliza las decisiones judiciales que favorecen o perjudican la equidad de género en todo el mundo.
La sentencia de Silvia fue catalogada por los lectores como la decisión judicial con mayor impacto negativo sobre la vida de mujeres y niñas.
La organización civil Equis. Justicia para las Mujeres estudia el caso de Silvia para presentarlo ante el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (Cedaw) y sentar precedente de cómo en México los estereotipos de género aparecen en las sentencias contra las mujeres.