A los pocos minutos de que Samanta salió de su casa, se dio cuenta de que alguien la seguía en un auto. Aceleró el paso, pero el vehículo la rebasó; se estacionó metros adelante y bajó un hombre desnudo. Ella corrió en dirección contraria mientras él la seguía y le gritaba cosas obscenas.
[contextly_sidebar id=”uGsXwyuHxUzRJhQZIvqP6tkAnuBN44Q5″]“Sentí mucho miedo”, confiesa la joven de tez clara y cabello castaño. Minutos después encontró un policía, le dijo lo que le había ocurrido, pero el uniformado le pidió pruebas para poder actuar. Después se enteró que el agresor era su vecino, pero cuando acudió a la familia a denunciarlo no le creyeron. “El no sería capaz de algo así”, le contestaron.
Samanta relata el episodio se le quiebra la voz y confiesa que desde entonces no ha vuelto a pasar cerca de la casa del agresor ni a tomar la misma ruta donde fue acosada, aunque sea a unas cuadras de su propia casa.
Todos los días ocurren historias de acoso como la vivida por Samanta, pero pocas llegan a la denuncia y cuando ocurre, sobre todo en el transporte público, la agresión queda impune y el agresor sale bien librado.
Este miércoles 25 de mayo, la Comisión Permanente del Congreso recibirá una iniciativa de ley para modificar el Código Penal Federal que castigaría hasta con cinco años de prisión a quien cometa acoso sexual como el ocurrido contra Samanta.
La iniciativa, que será presentada por la diputada del PAN, Eloísa Talavera, hace una diferencia entre hostigamiento y acoso sexual, pues este último ni siquiera está tipificado en la legislación actual.
La propuesta, según la diputada, busca castigar las agresiones que actualmente quedan impunes y limitan el derecho al libre tránsito y movilidad de las personas, sobre todo de las mujeres y niñas. Y “sólo se procederá contra del acosador, a petición de parte ofendida”.
La iniciativa propone adicionar el artículo 259 para incluir el acoso sexual, con una penalidad de uno a cinco años de prisión y doscientos días de multa a quien “asedie, atosigue o incordie sexualmente a persona de cualquier sexo o coaccione favores sexuales para sí o para un tercero o realice una conducta de naturaleza o connotación sexual indeseable para quien la recibe”.
También serían considerados como acosos sexuales los “comentarios lascivos de carácter sexual o insinuaciones de carácter sexual, gestos obscenos que resulten insoportables, intimidatorios hostiles, humillantes u ofensivos; tocamientos indebidos, roces corporales, frotamientos contra el cuerpo o masturbación en lugares públicos o de acceso público, instalaciones o vehículos destinados al transporte público”.
Mientras que la penalidad se agravaría con hasta ocho años de prisión cuando el acoso sexual se cometa contra una persona menor de dieciocho años de edad, con alguna discapacidad o que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho.
En caso de que el agresor fuese servidor público, también sería destituido del cargo y se le inhabilitará para ocupar cualquier otro en el sector público hasta por tres años.
Según el Código Penal Federal, el hostigamiento sexual está considerado como un abuso reiterado en una relación de subordinación; es decir, en el trabajo o escuela. La iniciativa propone quitar la exigencia de que el asedio se haga “reiteradamente” y penarlo “independientemente de que se realice en uno o varios eventos”.
La sanción a quien cometa hostigamiento sexual es hasta 40 días de multa, por lo que “la persona responsable puede quedar impune”, porque si bien se trata de una sanción económica, “no es suficiente para inhibir su comisión y por lo tanto debe establecerse una pena mayor”, advierte la iniciativa.
Para estos casos, la pena propuesta es que sea de uno a tres años de prisión y de cincuenta a doscientos días de multa.
Además, la propuesta considera que si el hostigador fuese servidor público, y utilice los medios o circunstancias le proporciona el puesto, además de las penas, será destituido del cargo y se le inhabilitará para ocupar cualquier otro en el sector público hasta por tres años.
Cuando el hostigamiento sexual se cometa contra un menor de edad o discapacidad, la pena sería de dos a seis años de prisión y de cien a trecientos días multa.
La iniciativa será presentada este martes y se espera que pase a comisiones para ser dictaminadas y votada en el próximo periodo de sesiones.
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