[contextly_sidebar id=”9Mjrqd6EySbt9mlt5jN9TAKHUVWC7q6e”]Familiares de Jorge Alexis Herrera Pino y Gabriel Echeverría de Jesús, alumnos de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa que fueron asesinados durante un operativo de policías estatales y federales en diciembre de 2011, solicitaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que inicie un procedimiento formal contra el Estado Mexicano, por la presunta comisión del delito de ejecución extrajudicial.
Ambos normalistas murieron por impactos de bala, recibidos durante el desalojo policial de la Autopista del Sol realizado el 12 de diciembre de 2011, que estudiantes normalistas mantenían tomada a la altura de Chilpancingo, luego de que el entonces gobernador, Angel Heladio Aguirre, se negara a recibirlos.
Por la muerte de estos estudiantes, autoridades estatales ejercieron acción penal en contra de los agentes Rey David Cortés Flores e Ismael Matadama Salinas, adscritos a la Policía Ministerial de Guerrero, quienes fueron retratados durante el operativo empuñando sus armas largas directamente hacia los manifestantes.
Además, tal como concluyó la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en su recomendación especial por violaciones graves a los derechos humanos 1VG/2012, peritajes de balística demostraron que las balas que mataron a al menos uno de estos normalistas provinieron del punto en el que se encontraban ambos ministeriales.
La CNDH, además, demostró que uno de estos dos agentes participó en la acción policial de manera irregular, ya que estaba de descanso dicho día, a pesar de lo cual participó en el operativo, fusil en mano.
A pesar de estas evidencias, un año y tres meses después de ser detenidos, ambos agentes fueron liberados con el argumento de que no había pruebas suficientes en su contra.
La CNDH, asimismo, determinó que el entonces procurador de Justicia del Estado de Guerrero, Alberto López Rosas, tenía responsabilidad directa sobre los resultados del operativo, ya que violó la ley al enviar agentes Ministeriales a realizar labores de contención de protestas civiles, algo para lo cual no están facultados por la ley y, por lo tanto, para lo cual no cuentan con entrenamiento.
Además, la CNDH demostró que López Rosas mintió en distintas ocasiones, para intentar ocultar la participación de agentes armados de su corporación en el operativo.
A pesar de estos señalamientos, Alberto López Rosas no enfrentó ningún cargo penal, sino sólo la destitución, y tres años después, en febrero de 2015, incluso fue postulado como candidato a gobernador, por el Partido Humanista.
Otras irregularidades de la autoridad, comprobadas por la CNDH, fueron las agresiones físicas perpetradas tanto por policías estatales como por agentes de la Policía Federal en contra de 40 normalistas detenidos durante el operativo.
De ellos, 18 normalistas fueron detenidos por la Policía Federal, conducidos a su cuartel regional, golpeados en esas instalaciones, y luego puestos en libertad.
El resto de los normalistas detenidos por la policía estatal también fueron golpeados durante su detención, procesados penalmente, y días después liberados.
Uno de estos detenidos, además, fue torturado por agentes estatales, quienes lo presionaron para se autoincriminara por el asesinato de sus dos compañeros.
Hasta la fecha, ningún funcionario implicado en este operativo ha sido sancionado penalmente, además de que “el Estado Mexicano tampoco ha adoptado medidas necesarias y adecuadas para prevenir y garantizar que hechos similiares vuelvan a repetirse”, tal como destacaron las familias de los normalistas asesinados en 2011.
La demanda contra el Estado Mexicano presentado por estas familias ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos es secundada por el Centro de Derechos Humanos de La Montaña Tlachinollan, el Centro de Derechos Humanos José María Morelos, y por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional.
Cabe destacar que la interposición de esta demanda no implica su aceptación en automático, sino que, ahora, la CIDH deberá analizar el caso y determinar si han sido agotadas insatisfactoriamente todas las instancias legales nacionales, requisito indispensable para que el sistema de justicia interamericana (del cual el Estado Mexicano es parte) pueda emprender un juicio formal.