[contextly_sidebar id=”tZDiovFVJd2skS8o2q1pZ3XZC8LcYTb3″]Cuando Andrea Martínez, de 23 años, tenía cinco meses de embarazo y cursaba el sexto semestre de la Licenciatura en Preescolar en Michoacán en la Escuela Normal Particular “Motolinia”, la directora, Ana María Gómez, la citó en su oficina para informarle que estaba expulsada ya que había incumplido con el reglamento de “no gravidez durante la carrera” y al ser “un instituto católico, no estaba bien que estudiaran ahí alumnas embarazadas”.
Desde ese día –28 de febrero de 2014–, Andrea no ha podido continuar con su carrera porque la escuela se ha negado a hacerle válido el semestre que estaba cursando, aún cuando entregó los trabajos para acreditar las materias y pagó la colegiatura.
Apenas este miércoles 5 de agosto, la escuela reiteró su condicionamiento de entregarle las calificaciones a cambio de que firme una carta desistiéndose de cualquier acusación y en la cual asegure que nunca fue discriminada por su embarazo, pero “yo no puedo faltar a mi palabra ni mentir. Ellos me expulsaron”, dice Andrea en entrevista con Animal Político.
Desde que la expulsaron, la joven interpuso una queja ante la Procuraduría Federal del Consumidor (al tratarse de una escuela particular) y solicitó un amparo ante un juzgado de Morelia, pero no tuvo éxito. En ninguna instancia reconocieron la violación a su derecho a la educación.
El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) fue la única instancia en darle seguimiento al caso y finalmente acreditó que la escuela había cometido un acto de discriminación contra la joven, por lo que interpuso una serie de medidas que incluyen que Andrea regrese a cursar la carrera sin pagar colegiatura, como medida de reparación del daño y que la institución cambie el reglamento de “no gravidez”.
Éste es uno de las primeros cinco casos en que el Conapred emite resoluciones en contra de particulares, luego de que la reforma de 2014 a Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación permite la investigación en casos donde estén involucrados funcionarios de empresas ajenas al Estado y no sólo ser “un conciliador”.
El Conapred concluyó que la escuela atentó contra el derecho de Andrea “a la igualdad y a la no discriminación, a la educación, a sus derechos reproductivos, a una vida libre de violencia, y se afecta su proyecto de vida”.
Santiago, el bebé de Andrea, tiene un año y dos meses de edad. Sus padres son comerciantes y la apoyaron cuando decidió estudiar, con su embarazo y en su lucha por evidenciar la discriminación que sufrió. Ninguno entiende cuál es la razón por la que ser madre debía suponer un impedimento para estudiar.
Pero la escuela dirigida por religiosas sí le encuentra explicación. Según la directora, Ana María Gómez, la institución es particular y está en su derecho de expedir las reglas que crean más convenientes.
Al ingreso, las alumnas deben firmar una ficha en la que se dan por enteradas que “la institución no admite a madres solteras, divorciadas ni casadas”. Mientras que en la carta compromiso se “acepta ser dada de baja de la institución definitivamente si durante su estancia en esta, contrajera matrimonio o quedara en estado de gravidez”.
Según explicó la escuela al Conapred, la directora pidió a la alumna que se diera de “baja temporal” porque la escuela no podía hacerse responsable de los riesgos “para ella y el producto”, las actividades propias de la carrera.
El 21 de marzo, Andrea y su padre, Francisco Javier Martínez, acudieron a la escuela para tratar de conciliar. Pidieron que le permitiera concluir el semestre (al que le restaban dos meses), porque en ese momento no podría incorporarse a ninguna otra escuela debido al avance del ciclo escolar. La directora propuso que podría ser enviada a otra institución como “intercambio”; sin embargo, no fue así porque la otra escuela argumentó que “ya no había espacio”.
Durante la investigación del caso, el Conapred solicitó como “medidas precautorias” (antes de llegar a una resolución) que le permitieran cursar lo que restaba del semestre, pero, una vez más la escuela lo negó, con base a su reglamento. Y además, “con un policía”, se le prohibió la entrada a Andrea y a su familia a las instalaciones de la escuela.
El Conapred considera que independientemente de la religión o creencia que profesa el instituto “debe respetar el derecho de las alumnas y no incurrir, como lo está haciendo, en violencia contra ellas, lo que trae como consecuencia que infrinja la ley y los tratados internacionales de los que México es parte”.
Por lo tanto, el reglamento interno debe ser modificado, porque “no puede estar por encima de la Constitución ni tratados internacionales”. Además, “carece de justificación el considerar que el embarazo, la maternidad y el estado civil de las personas constituyen impedimentos para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación en cualquier nivel”.
Debido al daño en contra de Andrea, el Conapred resolvió que la escuela debe dar una disculpa por escrito; deberá gestionar ante la Secretaría de Educación Pública para que sea evaluada y concluya el sexto semestre. En caso de que la escuela se niegue a reincorporar a la joven, deberá hacerse cargo de los gastos de colegiatura en otra institución.
Además, el personal del Instituto recibirá un curso de capacitación sobre el derecho a la no discriminación en el ámbito escolar y deberá poner carteles que promuevan la igualdad y la no discriminación.
La resolución fue emitida el 8 de julio de 2015 y la escuela cuenta con 30 días hábiles para acatar la resolución; sin embargo, hasta el momento ha reiterado su negativa. La institución tiene derecho a interponer un amparo ante un juzgado para no cumplir con las disposiciones.
Andrea confía en que las religiosas acepten que cometieron un acto de discriminación en su contra porque “quiero acabar con mi carrera”; sin embargo, en caso de una negativa, “dice mi papá dice que sigamos con esto hasta donde se pueda”.