[contextly_sidebar id=”OMvbHcSUxDDpGDHRMqEtWbyrf29GdbYN”]El impuesto a los refrescos en México comienza a dar sus primeros resultados desde que entrara en vigor el 1 de enero de 2014. De acuerdo con un estudio de la Universidad de Carolina del Norte y el Instituto Nacional de Salud Pública, el consumo de bebidas azucaradas en el país cayó en promedio un 6% durante el 2014, alcanzando su mejor resultado en diciembre, cuando el desplome fue del 12%.
Además, según el informe, las compras de bebidas altamente calóricas disminuyeron más entre la población con menos recursos económicos y más vulnerable ante enfermedades como la diabetes y la obesidad: un 9% en promedio, llegando a alcanzar una reducción del 17% al final del 2014.
¿Entonces, estamos ante buenas noticias?
Para las organizaciones de la sociedad civil, la reducción del 6% es, sin duda, un dato alentador. Máxime, si se tiene en cuenta que México es el país que más refrescos consume en el mundo -163 litros por persona al año, según la Organización Mundial de la Salud (OMS)-, y que en 2013 las principales causas de muerte en el país fueron las enfermedades cardiovasculares y diabetes.
No obstante, la Alianza por la Salud Alimentaria advierte que la Estrategia Nacional para la Prevención y el Control del Sobrepeso presentada por Peña Nieto en octubre de 2013, en la cual se incluye el impuesto a bebidas azucaradas entre otras medidas, tiene importantes puntos débiles que las refresqueras buscan aprovechar para revertir el efecto del gravamen a sus productos y la caída del 6% en el consumo.
1.- En la etiqueta está la trampa
Alejandro Calvillo, director de El Poder del Consumidor –que forma parte de la Alianza por la Salud Alimentaria-, explica en entrevista con Animal Político que la nueva regulación del etiquetado frontal de alimentos y bebidas no alcohólicas, que entra en vigor en México el próximo miércoles 1 de julio, es uno de los grandes resquicios que la industria del refresco utilizará para que productos altos en azúcar añadido aparezcan con una cantidad más moderada, y así incrementar las ventas.
“El formato de nuevo etiquetado para alimentos procesados (conocido como GDA, Guías Diarias de Alimentación) es una amenaza para la salud, pues señala que el consumo diario de azúcar debe ser de 90 gramos. Es decir, unas 18 cucharadas cafeteras de azúcar”, apunta Calvillo, quien recuerda que la OMS establece un tope máximo de consumo de azúcar añadido diario de 50 gramos (10 cucharadas cafeteras), sugiriendo como ideal un consumo no mayor de 25 gramos (cinco cucharadas).
En el estudio Contra la obesidad y la diabetes: una estrategia secuestrada, El Poder del Consumidor llama la atención sobre el hecho de que el tope de 50 gramos de azúcar añadido fue respetado originalmente en la Estrategia Nacional contra el sobrepeso. Sin embargo, al momento de publicar los lineamientos en el Diario Oficial de la Federación, ese valor fue cambiado a 90 gramos “con el argumento de que equivale a la recomendación de azúcares totales”.
Situación que “únicamente genera más confusión para el consumidor, y más rango para la industria de alimentos y sobre todo de bebidas” para poder vender sus productos en mayor cantidad.
Por lo que Alejandro Calvillo concluye que, aunque el impacto del impuesto a los refrescos “es un avance” que ha originado “una reducción significativa” en su consumo en 2014, este inminente nuevo etiquetado supone “un retroceso” en la política gubernamental para combatir la obesidad, y una concesión a la industria de alimentos y bebidas.
Cabe señalar que el pasado 21 de junio, El Poder del Consumidor interpuso un amparo ante un Juzgado de Distrito para echar para atrás el nuevo etiquetado en bebidas azucaradas, alegando “el interés legítimo” de los consumidores, porque, aseguran, atenta contra su salud.
2.- Publicidad para niños basada en los criterios de Coca Cola y Burger King
Otro punto débil en la Estrategia Nacional para la Prevención y el Control del Sobrepeso es la regulación de la publicidad dirigida a la infancia.
El Poder del Consumidor advierte que la actual regulación de la publicidad no atiende las recomendaciones basadas en criterios científicos de la OMS, y que, por el contrario, los criterios nutricionales que determinan qué productos pueden ser publicitados a los niños son elaborados por empresas multinacionales como McDonalds, Burguer King, Coca Cola, Pepsi, Danone, o Kellogs.
“Los criterios nutricionales que determinan cuáles productos pueden ser publicitados a los niños son laxos y permisivos. Y en lugar de usar los criterios con base científica recomendados por las organizaciones internacionales, la regulación mexicana usa aquellos que fueron diseñados por las propias empresas que producen estos productos chatarra”, denuncia la organización civil en el estudio Contra la obesidad y la diabetes: una estrategia secuestrada.
3.- Más mercadotécnica para enganchar a los niños
Asimismo, El Poder del Consumidor refiere que la publicidad dirigida a niños de productos altamente calóricos “utiliza muchas herramientas de mercadotécnica para engancharlos”, como es el caso de celebridades, o la entrega de juguetes, juegos en línea y patrocinios.
La organización hace hincapié en que más del 67% de los anuncios usa un personaje ficticio animado o una celebridad, mientras que el 46% de los anuncios promueven un regalo o juguete para generar interés entre los niños y niñas. “A pesar de esto, la legislación en México no regula estos medios y herramientas, como recomienda la OMS”, lamenta El Poder del Consumidor.
4.- Publicidad en internet, redes sociales y videojuegos, campo abierto
En cuanto a cómo reciben los niños la publicidad, la organización civil plantea que la regulación actual sólo contempla la que se transmite en televisión y cine, aunque las compañías refresqueras aprovechan la oportunidad que les brindan muchos otros canales de comunicación, como internet, videojuegos, teléfonos móviles, redes sociales, radio, materiales impresos, o la publicidad en el empaque del producto, en las calles y escuelas, para llegar en masa a su público objetivo.
“De hecho, un reciente estudio llevado a cabo por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) explica que internet tiene una penetración de 17% entre los niños, mientras que el cine tiene 5%”, plantea El Poder del Consumidor.
5.- Restricción de publicidad dirigida a niños no aplica en horario estelar
Además, aunque la televisión es el medio principal regulado, la organización enfatiza que se restringe la publicidad de refrescos dirigida a niños entre las 14.30 horas hasta las 19.30 durante la semana, y entre las 7:00 hasta las 19.30 durante los fines de semana.
Esto, a pesar de que el estudio del IFT “demuestra que los horarios en los que más están expuestos los niños es entre 20:00 y 22:00 horas”.
Asimismo, el reglamento sólo regula la publicidad durante la programación dirigida a niños, “mientras que la misma fuente revela que la programación no dirigida a niños, como las telenovelas, Reality Shows y Dramatizados Unitarios, son los más populares entre los niños”.
Como resultado, las organizaciones civiles aglutinadas en La Alianza por la Salud Alimentaria apuntan que las regulaciones impulsadas por la Estrategia Nacional para la Prevención y Control de Sobrepeso “han sido diluidas y debilitadas debido a la influencia de la gran industria de alimentos y bebidas”.
“Esta situación ha dado como resultado regulaciones sesgadas que privilegian los intereses de la industria por encima del interés público y de la salud de la población”, concluye el informe de El Poder del Consumidor, que puedes leer íntegro aquí.