[contextly_sidebar id=”fUa5DF9USUxx5Nt3KMr89rmqym4XKDPX”]La principal institución de seguridad civil del país, la Policía Federal, opera sin que se conozca públicamente un manual que defina cuándo y cómo pueden usar la fuerza sus más de 40 mil agentes, incluidas armas letales, y sin que se haya transparentado la cifra de personas fallecidas en los enfrentamientos u operativos implementados por sus distintas divisiones.
A diferencia del Ejército y la Marina -las otras dos fuerzas federales que participan en operativos de combate al crimen y seguridad pública- la corporación dirigida por el comisionado Enrique Galindo no ha querido revelar los datos mencionados pese a que se han hecho distintas solicitudes de transparencia.
En el caso de las fuerzas armadas, estas trabajan con un manual de uso de la fuerza unificado que fue publicado en el 2014. Ahí se establece por ejemplo, que no se puede disparar a través de paredes o ventanas o a coches en movimiento.
Pero del lado de Policía Federal no hay disponible públicamente un manual de ese tipo. Lo único que se puede revisar son lineamientos generales de uso de la fuerza publicados en el 2012 por la ya desaparecida Secretaría de Seguridad Pública, y en los que se establecía que debería de existir un manual que contuviera las reglas.
El pasado viernes 22 de mayo policías federales abatieron a 42 personas, en lo que es el enfrentamiento con el mayor saldo humano en la historia reciente de combate al crimen organizado.
De acuerdo con lo dicho por testigos y por los propios mandos, se disparó a los agresores escondidos en dos edificios incluso desde un helicóptero. Públicamente es imposible verificar si ese tipo de acción está permitida porque no se puede consultar documento alguno.
Hasta ahora más de cuatro mil civiles han muerto en los enfrentamientos con soldados y marinos, como han reconocido las secretarías de la Defensa y Marina. El total de abatidos por los uniformados de la Policía Federal es desconocido.
Los “lineamientos” de los federales
En 2012, cuando todavía existía la Secretaría de Seguridad Pública Federal (que luego fue reemplazada por la oficina del Comisionado Nacional de Seguridad) se publicaron los denominados “Lineamientos generales para la regulación del Uso de la Fuerza pública por las Instituciones policiales y órganos desconcentrados en la SSP”.
Estos lineamientos eran para la Policía Federal, el Servicio de Protección Federal y el personal de seguridad de los Centros Federales de Readaptación Social, que eran las fuerzas que dependían de la SSP cuando ésta existía.
El documento aborda el marco general en cuanto al uso de la fuerza. Se establecen cinco principios para el uso de la fuerza, así como cinco niveles de fuerza (a diferencia de los cuatro que contempla el Ejército).
El último de esos niveles es el uso de la fuerza letal, es decir, de armas de fuego que pueden terminar con la vida de otra persona.
Según el documento, la fuerza letal podrá emplearse “cuando los otros medios resulten ineficaces”. Se plantea que esto deberá hacerse con “moderación” y buscando “reducir al mínimo las lesiones o los daños”.
Pero estos lineamientos generales no desglosan a detalle cómo deben emplearse las armas de fuego ni qué objetivos pueden ser atacados o no. Tampoco se diferencia cuándo habría un uso indebido de la fuerza letal, ni si se puede disparar en contra de vehículos, de viviendas o similares.
“Las Instituciones Policiales encargadas de hacer cumplir la ley y preservar el Estado de Derecho especificarán las reglas para el uso de la fuerza pública en los manuales que contengan los procedimientos de actuación” indica el capítulo tres de esos lineamientos.
Públicamente los referidos manuales no se conocen si es que existen. La Secretaría de Seguridad Pública Federal desapareció al iniciar este sexenio pero los lineamientos no fueron actualizados.
En la solicitud de transparencia folio 0413100019814 un ciudadano pidió a la Policía Federal que se le facilitara una versión del manual de Uso de la Fuerza, pero la corporación dijo que tal documento era inexistente y que lo que estaba disponible eran los lineamientos generales publicados en el 2012.
El manual militar
El Manual de Uso de la Fuerza, de aplicación Común a las tres Fuerzas Armadas da luz verde a militares, marinos y miembros de la Fuerza Aérea para usar fuerza letal –como se le conoce técnicamente a las armas de fuego- en contra de potenciales agresores incluso antes de que estos ataquen primero. Pero existen condiciones.
De entrada el manual establece que deben cumplirse cinco requisitos básicos para que se legitime el derecho a la defensa y por lo tanto proceda una respuesta de cualquier tipo: Que exista un intento de agresión, que la amenaza sea real y no hipotética, que el hecho sea actual o inminente, que se analice racionalmente la posibilidad de defensa, y que no haya habido provocación de parte de las autoridades.
Posteriormente, al momento en que se decide aplicar la fuerza deben atenderse cuatro principios que son el de la oportunidad, proporcionalidad, racionalidad y legalidad. En resumen, se trata de que haya una respuesta que sea acorde con la amenaza o el tipo de agresión que se esté recibiendo.
Llegado a ese punto los militares deben seleccionar entre cuatro niveles de uso de la fuerza. El último de los niveles es el de “fuerza letal” que es válido cuando “los agresores o transgresores amenacen al personal de las fuerzas armadas o a terceros con armas de fuego, explosivos, vehículos”. Es decir, no es necesario que los militares esperen al primer disparo para que ellos abran fuego.
Pero el manual establece algunas reglas que deben seguirse al momento de usar las armas, entre ellas la prohibición a los soldados y marinos de disparar a través de paredes, ventanas o barreras sin que haya claridad de quienes están realmente dentro.
También está prohibido -y de hecho constituye un uso indebido de la fuerza letal- el disparar en contra de vehículos en movimiento excepto cuando exista el riesgo de que alguien resulte lastimado si no se lleva a cabo.
Cuatro mil muertos por militares; por federales no se sabe
Los datos oficiales más recientes de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Marina, revelados a través de solicitudes de transparencia, arrojan que de diciembre de 2006 a 2014, un total de cuatro mil 74 presuntos agresores han muerto en los enfrentamientos en contra de las fuerzas armadas.
La mayor parte de estas personas, tres mil 907, han sido “abatidas” por integrantes del Ejército nacional y el resto por la Marina. El promedio en ocho años sería de hasta dos civiles muertos en choques con los militares todos los días.
Si se toma en cuenta que en ese mismo periodo aproximadamente 200 elementos de las fuerzas armadas murieron en los operativos contra el narcotráfico, la diferencia entre uno y otro es importante. Por cada militar muerto hay 20 sicarios presuntamente abatidos.
Entre los enfrentamientos de militares contra presuntos delincuentes que más muertos ha dejado, está el ocurrido el 3 de diciembre del 2010 en Tamaulipas cuando los soldados abatieron a 27 sicarios. Otro caso fue el ocurrido el 30 de junio en Tlatlaya, Estado de México, donde 22 civiles murieron a manos de los soldados.
Pero hasta ahora el mayor número de muertos en un enfrentamiento con alguna autoridad se presentó el 22 de mayo de este año en Tanhuato, Michoacán, donde 43 civiles perdieron la vida. En este último caso estuvieron involucrados agentes de la Policía Federal.
A diferencia de las fuerzas armadas, la Policía Federal no ha querido revelar el número de civiles muertos en choques con sus agentes en los últimos años.
En varias solicitudes de transparencia, entre ellas la número 0413100012513 por citar un ejemplo, los ciudadanos pidieron a la Policía Federal conocer el número de civiles abatidos en enfrentamientos con los agentes, pero la respuesta fue que no se puede dar ese dato ya que “es facultad del Ministerio Público iniciar las averiguaciones por homicidio”.
La Defensa Nacional y la marina en cambio, sí han revelado estadísticas divididas incluso por fechas y estados sobe civiles abatidos en los enfrentamientos a las personas que solicitaron la información.