[contextly_sidebar id=”1CyHOF8U42AeY9MdbwZxFqhZ9e8nNxXW”]En 16 entidades federativas no se respeta el derecho de acceso a la información de los mexicanos, ya sea porque no cuentan con unidades de transparencia, no contempla como sujetos obligados a dar información a todas las entidades de gobierno o porque simplemente no responden a las solicitudes que hace la ciudadanía.
Sólo dos leyes –la de Coahuila y el Distrito Federal– son consideradas buenas; 14 tienen una calificación regular y 16 más están reprobadas, según los resultados del Índice de Derecho de Acceso a la Información en México (IDAIM) que desde hace cinco años elabora anualmente Fundar, Centro de Análisis e Investigación.
Lo más grave entre las leyes estatales reprobadas –en una calificación del 1 al 10– es que 16 fueron reformadas después del 2007 y pese a las modificaciones aprobadas por los Congresos locales no lograron mejorar las condiciones de transparencia para garantizar los derechos de los ciudadanos.
Las leyes reprobadas y con las peores calificaciones son: Hidalgo (4.5), Baja California Sur (4.7), Yucatán (4.9), Querétaro (4.9), Campeche (4.9), Guanajuato (4.9), Tamaulipas (5.1), Sinaloa (5.1), Estado de México (5.1), Quintana Roo (5.2), Chiapas (5.4), Tabasco (5.5), Sonora (5.6), Aguascalientes (5.6), San Luis Potosí (5.9) y Baja California (5.9).
El Índice mostró que sólo el 28% de las leyes estatales cumplen con lo estándares establecidos en la reforma constitucional en materia de transparencia de 2007, lo que prueba que los Congresos locales no cumplen con los plazos ni con lo establecido en el país sobre el derecho de acceso a la información pública.
Esto resulta grave al considerar que este lunes se promulgó la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública resultado de la reforma de febrero de 2014.
Esta ley ya contempla que sindicatos, órganos autónomos, los tres poderes y personas físicas y morales que ejerzan recursos públicos estén obligados a transparentarlos. Pero también establece que las entidades federativas tienen hasta un año para homologar sus leyes y con ello que a nivel local se garanticen los mismos derechos y el mismo nivel de transparencia.
Las leyes estatales, como están hasta ahora, en la mitad de los casos no se contempla la figura del comité de información que sirve para evitar reservas de información mal fundadas o que los sujetos obligados a entregar datos declaren inexistencia de éstos sin justificación.
Pero además, en 24 leyes no se considera el derecho de acceso a la información como un derecho humano, lo cuál ya se toma en cuenta a nivel federal; ni se considera como sujetos obligados a sindicatos y partidos políticos.
Sólo 8 leyes toman en cuenta procedimientos de queja cuando los sujetos obligados incumplen con entregar información, cuatro establecen sanciones para quienes intimiden a un solicitante y sólo en un caso se da protección a denunciantes.
El promedio nacional del Índice de Derecho de Acceso a la Información en México es de seis puntos, por lo que tampoco se puede considerar que aquellas leyes con puntajes regulares garantizan este derecho.
En realidad, según el Índice, sólo las leyes de Coahuila (9.3 puntos) y el Distrito Federal (8.1) tienen puntajes aceptables.
Los estados con calificación regular son: Michoacán (6.1), Durango (6.1), Veracruz (6.1), Tlaxcala (6.3), Zacatecas (6.3), Nuevo León (6.4), Oaxaca (6.5), Morelos (6.5), Jalisco (6.6), Chihuahua (6.7), Nayarit (6.7), Guerrero (6.8), Puebla (7.1) y Colima (7.7).
El Índice elaborado por Fundar contempla variables como el catálogo de los sujetos obligados y sus obligaciones, sistema de sanciones, comités de información y unidades de transparencia y los procedimientos para presentar una solicitud o un recurso de versión.