[contextly_sidebar id=”1HpnC4V0PJQKnDdvdUj69XbaRCon5iWP”]Los adolescentes infractores serán procesados a través de un sistema de justicia oral y sólo se impondrán medidas proporcionales a las faltas que hayan cometido aquellos mayores de 14 años, considerando al internamiento como último recurso y por el menor tiempo posible.
Así lo acordaron los diputados en las reformas constitucionales en materia de justicia penal para adolescentes que deben ser avaladas por al menos 17 entidades federativas para su promulgación.
De acuerdo con los legisladores, las medidas serán acorde a las faltas, disposición que pretende evitar que los centros de detención se conviertan en “escuelas del crimen” y los menores que comentan faltas menores no lleguen a los centros de internamiento que poco abonan a la reinserción social.
De acuerdo con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en 23 entidades del país, los adolescentes reciben tratos crueles, inhumanos y degradantes en los centros de internamiento.
En Chiapas, por ejemplo, las sanciones por parte del personal de custodia consiste en rociar a los menores con gas lacrimógeno, encierro en una celda insalubre, permanecer en posturas forzadas, vendados de los ojos, maltratos físicos, insultos, amenazas e inmovilización con esposas por lapsos prolongados.
Pero esas prácticas se replican en 37 de los 56 centros de internamiento de todo el país, según lo documentó la CNDH con base en 743 entrevistas anónimas a internos y entrevistas a directores, personal médico, de seguridad y custodia y de áreas técnicas.
Hasta febrero de 2014, cuando se realizaron las visitas, había 4 mil 448 hombres y 286 mujeres recluidos en los centros de internamiento; de ellos, mil 841 se encuentran sujetos a procedimiento y 2 mil 893 estaban cumpliendo una medida de tratamiento.
Se comprobó que en 45 centros no se respeta el derecho de audiencia, no se elabora una resolución escrita al respecto; se imponen sanciones en régimen de aislamiento, por lapsos excesivos y sin recibir atención de las áreas técnicas; se restringe la visita familiar, las comunicaciones telefónicas y el acceso a las actividades relacionadas con los programas individualizados de ejecución.
Además, en la práctica, el internamiento no es una medida para reencauzar al menor infractor, sino que, incluso, rompe con los lazos familiares o de contacto con el exterior. En 48 centros se limita la visita familiar entre uno y tres días a la semana y como caso extremo se encuentra Chihuahua, donde la visita sólo se autoriza cada 15 días.
Los legisladores de la Cámara de Diputados aprobaron con 398 votos a favor y ninguno en contra, el sistema integral de justicia para adolescentes durante la sesión de este martes 21 de abril.
Se aplicará a quienes tengan entre 12 años cumplidos y menos de 18 años de edad y se atribuya la comisión de un delito y para aquellos menores de 12 años, sólo podrán ser sujetos de asistencia social.
“El internamiento se utilizará sólo como medida extrema y por el tiempo más breve que proceda, y podrá aplicarse únicamente a los adolescentes mayores de catorce años de edad, por la comisión o participación en un hecho que la ley señale como delito”, advierte la minuta.
Se establece que el proceso en materia de justicia para adolescentes será acusatorio y oral, con la garantía del debido proceso y la independencia de las autoridades. Las medidas impuestas deberán ser “proporcionales” al delito cometido y tendrán como fin la reinserción y la reintegración social y familiar del adolescente.
Se aprobó que siempre que sea posible, se adoptarán medidas sustitutorias de la prisión preventiva , como la supervisión estricta, la custodia permanente, la asignación a una familia o el traslado a un hogar o a una institución educativa.
En tanto, los menores que se encuentren en prisión preventiva gozarán de todos los derechos y garantías previstos en las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos aprobadas por las Naciones Unidas.