[contextly_sidebar id=”rIchkej52AlxnC6ZTKZ2HU5sU1rvZNmU”]El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular las reformas y adiciones a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, la cual permite que agente extranjeros porten armas de fuego en territorio mexicano.
Con 198 votos a favor, 127 en contra y una abstención, los diputados aprobaron que los funcionarios de migración o aduanas que participen en la revisión migratoria en los puntos de tránsito internacionales o en el despacho conjunto de mercancías en las aduanas nacionales podrán estar armados en México.
También será legal que personal de seguridad que acompaña a jefes de Estado en visitas oficiales porten armas en territorio nacional.
Ahora se torna al Ejecutivo para su publicación.
Lo aprobado
*Las armas no podrán ser de un calibre mayor al .40.
*La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) podrá autorizar el uso de otro tipo de armas, siempre y cuando se justifique la necesidad de su uso.
*La portación de armas será reducida a un espacio territorial, como recintos oficiales, y a la temporalidad de la licencia.
Durante el debate, legisladoras y legisladores que se pronunciaron a favor del dictamen comentaron que la reforma permitirá hacer más eficiente y expedita la pre-inspección aduanal y migratoria.
Por su parte, quienes se manifestaron en contra del proyecto de decreto consideraron que la reforma podría significar la pérdida de la soberanía nacional.
El pasado 24 de febrero, el presidente Enrique Peña Nieto envió la iniciativa que en caso de ser aprobada permitirá que los agentes extranjeros, aduanales, migratorios y escoltas, porten armas en territorio nacional.
Al exponer los motivos de la iniciativa, el presidente señaló que los agentes extranjeros necesitarán armas para realizar pre-inspecciones aduaneras y pre-inspecciones migratorias que, en un futuro, se podrán en marcha en las fronteras y puntos de entrada al país.