[contextly_sidebar id=”5stXZD5bO7GIlf7rDg1DVNgI3zpatDss”]Un juez resolvió que es constitucional restringir la venta de alimentos con alto contenido de azúcares simples, harinas refinadas, grasas o sodio en escuelas de nivel preescolar, primaria, secundaria y media superior (excepto universidad), informó este miércoles 25 de marzo el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).
Con esta resolución, el juez Carlos Alfredo Soto Morales resolvió en contra un amparo promovido por Corporación del Fuerte, una embotelladora del Sistema Coca-Cola y que opera en Tijuana, Baja California; Los Mochis, Sinaloa, y Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua, de acuerdo con el diario Reforma.
La prohibición de los alimentos chatarra forma parte de la reforma educativa, en la que se adicionó el artículo 24 bis de la Ley General de Educación, el cual establece que “la Secretaría de Educación Pública podrá establecer los lineamientos y prohibiciones para el expendio y distribución de alimentos en las instituciones educativas del país”, indicó el CJF en un comunicado.
Así, el 16 de mayo de 2014, la SEP y la Secretaría de Salud publicaron un acuerdo que prohibía la venta de alimentos chatarra en las escuelas, a lo que la compañía respondió promoviendo un amparo. Pero el juez lo resolvió en contra porque “la empresa quejosa carecía de interés legítimo para defender a los consumidores (en este caso a los alumnos de las escuelas del sistema educativo nacional), puesto que no existe un vínculo entre la agraviada y los derechos de los estudiantes”.