El compromiso de la Cámara de Diputados está por escrito: a más tardar el 30 de abril los legisladores aprobarán una ley general sobre desapariciones en México, que acompañada de otras reformas, tiene el objetivo de emparejar al país con los tratados internacionales referentes al combate de este delito.
Los diputados no empiezan de cero. En el escritorio de la Comisión de Justicia de la Cámara baja hay siete iniciativas de los distintos grupos parlamentarios, cinco de reformas al código penal y dos que plantean una ley especial, a partir de las cuales se construirán los dictámenes que en las próximas semanas estarán votándose.
La diputada Alfa González, secretaria de la comisión, dijo que todas las iniciativas tienen puntos en común como agravar el delito, la declaratoria de ausencia para la víctima, o que se castigue a particulares y no solo a funcionarios, por lo que el trabajo ya está avanzado.
Animal Político revisó las propuestas y presenta diez de las innovaciones que contienen. Hay temas que endurecen o amplían conceptos que ya están en el código penal actual, pero también conceptos inéditos.
Según la última actualización oficial, hay más de 25 mil 700 personas desaparecidas en México.
El artículo 215 del Código Penal Federal fija en 40 años de prisión la pena máxima para quien cometa el delito de desaparición forzada. Las iniciativas presentadas plantean reformar este artículo para agravar la sanción hasta los 60 años. La propuesta del PAN de una Ley General pone el techo incluso hasta en 70 años de cárcel.
Las condenas se agravarán si se presentan otros factores que la misma ley incluirá, como el que existan violaciones o tortura, o que la víctima muera.
Además, la pena mínima que hoy en día se maneja (cinco años de prisión) también se incrementará. En su iniciativa, el diputado del PRD José Luis Esquivel Zepeda advirtió que con las reglas actuales hay gente que por un robo podría pasar más años en prisión que por desaparecer a una persona.
Es por ello que las iniciativas proponen elevar el piso de sanción de este delito de los 20 a los 40 años de cárcel y sin ningún beneficio.
Los funcionarios públicos que cometan el delito de desaparición forzada serán destituidos de inmediato e inhabilitados de por vida, en vez de los 20 años que establece actualmente el Código Penal Federal.
A diferencia de la pena de cárcel que se establecerá según la gravedad y participación que tenga la persona en específico, todas las iniciativas presentadas plantean que la inhabilitación vitalicia debe ser la regla en cualquier caso de desaparición forzada. Así, aunque el responsable esté libre no podrá desempeñar un cargo en el servicio público.
El Comité de Desapariciones Forzadas de la ONU, la Comisión Interamericana sobre Desaparición Forzada, entre otras convenciones internacionales, establecen que los delitos de desaparición los cometen no solo funcionarios, sino también civiles, pero el actual código penal en México no lo contempla de esta manera.
Por este motivo la nueva ley incluirá la definición internacional, con lo que ya podrán ser acusados los civiles que se coludan con las autoridades para encubrir el paradero de una persona. La sanción para los particulares dependerá de su grado de participación y podría ser igual de grave que en el caso de los funcionarios.
Por ejemplo, bajo este nuevo marco jurídico María de los Ángeles Pineda, esposa del exalcalde de Iguala José Luis Abarca, hubiera podido ser acusada de desaparición forzada de los 43 estudiantes de Ayotzinapa. La situación es hipotética porque la ley no será retroactiva.
Cuatro iniciativas plantean que la desaparición forzada sea considerada un crimen de lesa humanidad en concordancia con los tratados internacionales. El código penal de nuestro país lo ubica actualmente dentro del capítulo de ilícitos regulares que pueden cometer los servidores públicos.
Los legisladores explican en sus razonamientos que el ubicar bajo este nuevo paraguas a la desaparición la convierte en un delito muy grave el cual no prescribe, es decir, puede ser castigado sin importar los años que hayan pasado desde que se cometió, como ocurre con el genocidio o el terrorismo.
Esto convertirá a la desaparición forzada en el delito de mayor castigo en México. El secuestro también alcanza hasta 70 años de cárcel como pena máxima pero no es considerado de lesa humanidad.
Para evitar el vacío jurídico en que quedan las personas que desaparecen, la ley general establecerá una figura nueva llamada “declaración de ausencia”, dictada por orden de un juez, y que permitirá que todos los bienes y derechos de la persona afectada queden a salvo.
Así por ejemplo, un padre desaparecido no perderá la patria potestad de sus hijos, ni los bienes o negocios que posea; los hijos no perderán el derecho a continuar recibiendo el salario de la víctima; y los familiares más cercanos serán beneficiarios de los apoyos que defina la ley.
La declaratoria la podrán solicitar parientes cercanos al desaparecido como padres, cónyuges o hijos. Incluso se contempla que sin estar casados, la pareja podrá pedir esta declaratoria si ya llevaba más de un año viviendo con la víctima, y sin importar que sea del mismo sexo.
Las dos iniciativas de Ley General sobre Desaparecidos planteadas por los grupos parlamentarios del PAN y el PT, contemplan el nacimiento de una fiscalía especial que se encargará exclusivamente de investigar este delito.
Esta fiscalía funcionará dentro de la Procuraduría General de la República (PGR) y una de sus prioridades será desarticular grupos criminales que desaparezcan personas. Contará con recursos humanos y materiales propios y un presupuesto específico asignado con este objetivo, como ocurre con otras fiscalías y unidades especiales.
La nueva ley general dará facultades específicas al Ministerio Público a cargo de la investigación en un caso de desaparición, por ejemplo, el solicitar a un juez la intervención de comunicaciones privadas de una persona que se le considere involucrada. Las empresas a cargo de los servicios de comunicación deberán cooperar con las autoridades.
Esto significa que las llamadas telefónicas, correos electrónicos y mensajes de texto podrán ser espiados por las autoridades.
Hay más. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) deberá entregar a petición del Ministerio Público la información sobre cuentas bancarias y operaciones financieras de personas que se encuentren bajo investigación por este delito.
La iniciativa de ley general del PAN establece que México deberá diseñar protocolos específicos de búsqueda de las personas desaparecidas que concuerden con los lineamientos internacionales, los cuales incluyen entre otras cosas la exhumación de cuerpos en panteones y fosas clandestinas.
Las exhumaciones deberán hacerse bajo estándares científicos y técnicos rigurosos. Los familiares de la víctima podrán estar presentes físicamente o a través de sus representantes legales en estos procedimientos.
Para el funcionamiento de los protocolos de búsqueda y de reparación del daño, la ley general contemplará la creación de un Registro Nacional de Personas Desaparecidas y el diseño de un banco de datos genéticos que facilite la ubicación de las víctimas.
En una reunión con diputados, expertos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos expresaron a los diputados que el registro debe tener la mayor cantidad de datos posibles y no solo un listado de nombres. Por lo menos debe distinguir la causa del desconocimiento del paradero de una persona, sobretodo en casos de desaparición forzada.
El registro servirá, además, para el seguimiento de los casos y la distribución de los apoyos que contemple la ley.
La iniciativa de ley general del PAN plantea crear la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Combatir y Sancionar los Delitos en Materia de Desaparición de Personas en la que participarán ocho dependencias del gobierno y su finalidad será el diseño de políticas públicas, mecanismos de prevención, entre otros.
En la propuesta de ley del PT se contempla un Instituto Nacional de Personas Desaparecidas, que será un organismo descentralizado y con patrimonio independiente. Este se encargaría de llevar el registro nacional, dar seguimiento a la incidencia delictiva, evaluar las acciones que se emprendan, entre otros.
Que hay voluntad de sacar el tema, dice diputada
La diputada Alfa González, secretaria de la Comisión de Justicia, confió en que estas reformas estarán listas antes del próximo 30 de abril, fecha en que acaba el periodo ordinario, y señaló que a diferencia de la ley de trata en este asunto sí existe disposición de las dos cámaras y los partidos para que no se atore.
“Cuando existe voluntad política las cosas salen en un par de semanas. Ya hay trabajo, no estamos partiendo de una redacción de cero, hay iniciativas presentadas y con voluntad política esto va a estar resuelto antes de que termine el periodo ordinario” señaló en entrevista.
Como primer paso, agregó la diputada, se está analizando si es necesario modificar artículos de la Constitución debido al alcance que tendrán los cambios al código penal y expedir la ley general en esta materia.