Este miércoles 13 de agosto es el último día para presentar una acción de inconstitucionalidad contra la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y aunque en el Congreso los opositores no suman los votos suficientes para acudir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) tienen facultades para hacerlo.
En el IFAI, este miércoles se discutirá en el pleno en sesión pública, a partir de las 11:00 horas, la posibilidad de presentar el recurso; mientras que la CNDH no ha respondido a la solicitud de organizaciones de la sociedad civil para pronunciarse al respecto.
[contextly_sidebar id=”nCv26d1fej6jUEfIEJKuweuWtO5Jb688″]Desde que se promulgó la ley —el 14 de julio pasado—, 219 organizaciones civiles emitieron un posicionamiento para pedir una acción de inconstitucionalidad argumentando diversas violaciones a derechos humanos, al acceso a información pública, privacidad y protección de datos personales.
Según Justine Dupuy, del área de transparencia del Centro de Análisis e investigación, Fundar, desde entonces, sólo el IFAI ha mostrado interés en estudiar el caso pese a que la acción de inconstitucionalidad que podría presentar la CNDH sería más amplia.
El recurso del IFAI deberá enfocarse en violaciones al derecho al acceso a la información y protección de datos personales que, según organizaciones civiles y académicos, ocurre en los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión al permitir la geolocalización en tiempo real sin salvaguardas o la retención de datos para conocer patrones de comportamiento.
En cambio, si la acción de inconstitucionalidad proviene de la CNDH, además de incluir las violaciones que presuntamente propician esos artículos, se pueden agregar otros en los que se denuncian faltas a la libertad de expresión —en el ordenamiento de suspender las telecomunicaciones para “hacer cesar la comisión de delitos”— o discriminación, pues las concesiones de uso social tienen, sin justificación, mayor vigencia que las de uso comercial.
En manos del IFAI
Debido a que la CNDH “no ha dado luz” sobre la posibilidad de interponer una acción de inconstitucionalidad, la sociedad civil ve la oportunidad en el IFAI, pues además de que el 10 de julio emitió un comunicado para informar que habría una investigación sobre posibles violaciones en la Ley Telecom; 3 de los 7 comisionados —Oscar Guerra, Areli Cano y Joel Salas— se han pronunciado a favor del recurso.
Tomando en cuenta lo anterior, para la sesión pública de este miércoles sólo se requiere un voto más a favor de la acción de inconstitucionalidad que busca evidenciar una contradicción entre la ley y la Constitución.
Las organizaciones civiles que la impulsan —entre las que se encuentran Fundar, la Red por la Defensa de los Derechos Digitales o la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi)— consideran que los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión viola el derecho a la privacidad y a la protección de datos que mandata la Carta Magna porque permite que instancias gubernamentales recurran a la geolocalización de personas en tiempo real sin cumplir con el requisito de previsión de la ley, es decir, sin establecer de manera clara, precisa y detallada qué autoridades pueden llevar a cabo esta medida, las circunstancias para que ocurra, el procedimiento y los límites para una invasión de datos personales.
“Si bien el derecho a la privacidad no es un derecho absoluto y, por tanto, puede ser restringido, esto solamente es válido siempre que las injerencias no sean abusivas o arbitrarias, por ello deben estar previstas en la ley, perseguir un fin legítimo y cumplir con los requisitos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad”, cita el anexo técnico de la sociedad civil para la acción de inconstitucionalidad que se entregó al IFAI.
Asimismo, en el artículo 190 fracción II se mandata la retención de datos —origen de las llamadas, duración, ubicación, mensajes de texto, actividad en la red—hasta por 24 meses y la creación de una base de datos para que autoridades —sin especificar cuáles— puedan acceder a ellos sin orden judicial.
“La conservación de datos se lleva a cabo de manera indiscriminada y masiva, es decir, respecto de todos los usuarios de servicios de telecomunicaciones sin que exista indicio o circunstancia alguna que lo justifique”.
Lo que podría hacer la CNDH
Si la Comisión Nacional de Derechos Humanos sorprendiera este miércoles con una acción de inconstitucionalidad contra la Ley Telecom, además de las violaciones antes mencionadas podría incluir una a la libertad de expresión, contenida en la fracción VII del artículo 190, en el cual los concesionarios están obligados a suspender los servicios de telecomunicaciones cuando una autoridad lo ordene bajo el supuesto de “hacer cesar la comisión de delitos”.
Asimismo, según sociedad civil, la CNDH podría argumentar que las facultades que el artículo 15 de la Ley otorga al Instituto Federal de Telecomunicaciones implican poder de censura; y que los artículos 83,85, 89 y 90 imponen prácticas discriminatorias hacia los medios de uso social.
El Congreso, sin firmas suficientes
Según la ley, además de la CNDH y el IFAI, la acción de inconstitucionalidad contra una legislación se puede interponer con una solicitud del Procurador General de la República (PGR) o con el aval del 33% de los integrantes de cualquiera de las Cámaras.
Y aunque el recurso fue una de las alternativas que dieron a conocer legisladores que se opusieron a la Ley Telecom tanto en el Senado como en Diputados, hasta ahora, no hay firmas suficientes.
En el Senado se necesita la firma de 44 legisladores y aunque en la votación de la Ley 37 fueron en contra, en esa cifra están incluidos todos los senadores del Partido de la Revolución Democrática. Sin embargo, perredistas como Zoé Robledo, Armando Ríos Piter o Fidel Demédicis se dijeron a favor, sólo que de último minuto votaron en el sentido que recomendó el Consejo Político Nacional de su partido.
En Diputados es necesario que al menos 165 apoyen la acción de inconstitucionalidad, pero en la votación en el Pleno, los opositores apenas fueron 107.