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Publica SAT nueva lista de deudores
Publica SAT nueva lista de deudores
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Publica SAT nueva lista de deudores

16 de enero, 2014
Por: Dulce Ramos
@WikiRamos 

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó este jueves 16 de enero en su portal de Internet información actualizada con los datos de contribuyentes incumplidos con la autoridad fiscal, en cumplimiento con las modificaciones realizadas al Código Fiscal de la Federación (CFF).

[contextly_sidebar id=”650e612d89b6d83e186f8c9d4b503355″]En el caso de las personas morales clasificadas como no localizables figuran Grupo Financiero Inbursa, la Asociación Mexicana para la Protección de la Propiedad Intelectual, Bachillerato Tecnológico Justo Sierra, Centro Cultural Santa Fe, Charros del Pedregal, y la Fundación Cultural de Trabajadores de Pascual y del Arte.

En el listado aparecen con adeudos con el fisco empresas como Autos y Camiones Laguna y Autotransportes Sureños.

Mientras que con créditos fiscales figuran Fuerza Ciudadana, Automóvil Club de México, el restaurante Bistro Santa Fe y el Bazar Tultitlán.

De nueva cuenta no figuran en este listado los nombres de los créditos condonados o cancelados, pues, según señaló ayer el jefe del SAT, Aristóteles Núñez, ningún contribuyente ha caído en ese supuesto desde el 1 de enero de 2014.

Recordemos que a partir del 1 de enero de 2014 los datos de los contribuyentes que incumplan con sus obligaciones fiscales,son publicados en el portal del SAT.

Derivado de la Reforma Hacendaria, se modificó el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, estableciéndose excepciones a la reserva fiscal. Lo anterior, permite que este 1 de enero se dé a conocer nombre, razón social y RFC de los contribuyentes incumplidos que tengan a su cargo créditos fiscales firmes; se cuente con créditos fiscales no pagados o garantizados; se encuentren como no localizados en el RFC; o que se tenga una sentencia condenatoria por haber cometido un delito fiscal;

Los contribuyentes que no estén conformes con la publicación de sus datos en la página del SAT, podrán llevar a cabo una aclaración, en la cual podrán aportar las pruebas que a su derecho convenga.

*Con información de Reforma.

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Imagen BBC