Javier y Ricardo acudieron a la justicia federal para reclamar su derecho de poder contraer matrimonio en Yucatán. El Juzgado Tercero de Distrito, con sede en dicha entidad, otorgó el amparo a esta pareja homosexual ante la negativa del Registro Civil estatal para permitirles casarse legalmente con las garantías y responsabilidades que esta unión implica.
Con el respaldo de la justicia federal, Javier y Ricardo podrán casarse por la vía civil en Yucatán, y lo único que podría evitarlo es que la autoridad competente, es decir, el Registro Civil de esta entidad, decida impugnar la decisión judicial y solicitar un recurso de revisión, para lo cual tiene 10 días hábiles a partir de hoy.
En su resolución, el Juzgado Tercero de Distrito ordenó a la instancia yucateca a hacer valer el criterio de “no discriminación” establecido en la Constitución Mexicana y no aplicar lo estipulado en los artículos 94 de la Constitución del Estado y 49 y 201 del Código de Familia de Yucatán.
Ambos estatutos legales impiden cualquier unión legal entre parejas del mismo sexo. En la Constitución del Estado se indica que “el matrimonio es una institución por medio de la cual se establece la unión jurídica entre un hombre y una mujer…”.
En los otros artículos se establece también el concubinato como la unión “de un hombre y una mujer libres de matrimonio”.
Javier y Ricardo interpusieron la demanda de juicio de amparo después que el 26 de marzo pasado se presentaron ante la autoridad civil para pedir formalmente que el Estado reconociera su unión como pareja legal dentro de la figura del matrimonio.
La Jefatura Jurídica del Registro Civil revisó su expediente y, acto seguido, les negó la solicitud basándose en lo establecido en las leyes antes citadas.
La pareja se quejó ante la autoridad y señaló que ésta tenía el deber de hacer efectivo el principio “pro persona”, el cual establece la obligación de cualquier autoridad de aplicar la norma más favorable, que en el caso de ambos, Javier y Ricardo, referiría el derecho a la no discriminación por preferencia sexual.
Frente a la reiterada negativa de la autoridad estatal, Javier y Ricardo presentaron en abril pasado el recurso de amparo, el cual considera inconstitucional la respuesta del Registro Civil, así como las normas en las cuales se basó para negarles el derecho al matrimonio civil.
Entre otros elementos, la pareja expuso:
*La violación al derecho a la no discriminación por preferencia sexual, establecida en el párrafo quinto del artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La negativa del Registro Civil impide que una pareja del mismo sexo acceda, en igualdad de circunstancias que una heterosexual, a la figura del matrimonio y los beneficios que éste conlleva para los cónyuges, los cuales la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya definió al resolver el amparo en Revisión 581/2012[2].
*La violación al derecho fundamental a la protección del desarrollo y organización de la familia, protegidos por el artículo 4° de la Constitución.
La negativa tanto del Registro Civil y las leyes señaladas como inconstitucionales privan a las parejas homosexuales de recibir la protección jurídica del Estado a su núcleo familiar, además que se les da un trato diferenciado en situaciones que gozan del mismo estatus jurídico como lo son las familias homoparentales y heteroparentales.
*La violación al derecho al libre desarrollo de la personalidad en relación a la figura del matrimonio, específicamente por lo que hace a la diferenciación de sexo entre contrayentes como un requisito para celebrarlo.
Animal Político consultó a la defensa de Javier y Ricardo, quien aseguró que la solicitud del amparo y la resolución del Juzgado Tercero de Distrito “está apegada a derecho” y está basada en precedentes similares.
Entre ellos, la sentencia de la solicitud de amparo de revisión 581/2012, resuelto por la Primera Sala de la SCJN en diciembre de 2012.
En ese caso, la Corte obligó al Registro Civil de Oaxaca a casar a tres parejas del mismo sexo a quienes había negado este derecho. En esa ocasión, el órgano judicial resolvió también pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de aquellas normas de la entidad que impedían la unión civil de esas parejas.
La autoridad judicial ordenó también el reconocimiento de matrimonios entre personas del mismo sexo en el Distrito Federal y establecido que no se alude a un “modelo de familia ideal” –como el establecido por la ley en Yucatán- que tenga como objetivo la unión entre hombre y mujer con el fin de procrear.
A través de esa resolución, la Corte estableció que la Constitución tutela a la familia entendida como realidad social. En ese sentido, la ley debe cubrir todas sus formas y manifestaciones existentes:
“Familias nucleares compuestas por padres e hijos (biológicos o adoptivos) que se constituyan a través del matrimonio o uniones de hecho; familias monoparental compuestas por un padre o una madre e hijos; familias extensas o consanguíneas que se extienden a varias generaciones, incluyendo ascendientes, descendientes y parientes colaterales; y desde luego también familias homoparentales conformadas por padres del mismo sexo con hijos (biológicos o adoptivos) o sin ellos”.
La iniciativa pendiente
La orden del órgano judicial permitiría también que una iniciativa de reforma presentada en noviembre del año pasado ante el Congreso del estado de Yucatán por el Partido de la Revolución Democrática y grupos a favor del matrimonio igualitario pudiera avanzar hacia la modificación o derogación de lo establecido en los artículos antes señalados.
Esa iniciativa se encuentra aún en la Oficialía de Partes del Congreso del estado de Yucatán, bajo el argumento de las bancadas de los Partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Acción Nacional (PAN) de que existen otros proyectos de ley o de modificaciones y reformas que deben de “forma prioritaria”.
Las organizaciones civiles han insistido y convocado a sus pares para tratar de ejercer presión desde la base social. Incluso se han manifestado ante las puertas del Congreso recibiendo por respuesta únicamente el compromiso de palabra de los legisladores perredistas yucatecos, así como del PRI y del PAN.