Sólo el 7% de las 58 mil mujeres que denunciaron violencia en su contra entre enero de 2011 y junio de 2012 recibió una orden de protección por parte de las autoridades, según datos del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), en su informe Órdenes de protección en México: Mujeres víctimas de violencia y falta de acceso a la justicia, realizado en 21 estados.
Si bien la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) obliga a todos los estados a otorgar órdenes de protección para garantizar la seguridad de las mujeres víctimas de violencia, estados como Durango, Jalisco, Morelos, Nuevo León, Puebla, Querétaro y Tlaxcala desde 2008 no han emitido una sola orden, a pesar de contar algunos de ellos con altos índices de feminicidios.
Como ejemplo está Morelos, donde la Comisión Independiente de Derechos Humanos A.C ha reportado 310 feminicidios en dicha entidad en los últimos seis meses.
En Puebla, la Procuraduría Estatal manifestó conocer 6 mil 237 casos de violencia contra mujeres para los cuales no emitió ninguna orden de protección, pues asegura que “las agraviadas son las que no optan por estas prerrogativas”.
Sin embargo, para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) basta con la simple declaración de la víctima para emitir una orden que preserve su vida e integridad.
Por su parte, el Distrito Federal sólo emitió 564 órdenes de protección ante los 15 mil 276 hechos de violencia registrados. En tanto, Chihuahua, de 7 mil 342 casos, la autoridad otorgó únicamente siete, acciones que no corresponden con la necesidad de resguardo de las víctimas.
De Aguascalientes, Coahuila, Guerrero, Hidalgo, Nayarit, San Luis Potosí y Tabasco no se tienen datos debido a que no respondieron a la solicitud de información del Observatorio. Algunas instancias que sí lo hicieron, reconocieron que no les brindan a las mujeres estos recursos “porque ellas no lo solicitan”. No obstante, la responsabilidad de proveerlos corresponden al Estado, sin que las víctimas tengan que solicitarlo.
En el Estado de México no se conoce si han emitido algún tipo de orden de protección porque no se sistematizan ni se registran los hechos de violencia contra mujeres, situación que para las organizaciones civiles dedicadas a la protección de los derechos humanos es preocupante por los altos índices de violencia registrados en la entidad.
De las órdenes de protección de emergencia y preventivas estipuladas en la LGAMVLV podemos detallar que tienen una temporalidad no mayor a 72 horas y deben expedirse dentro de las 8 horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan, y a excepción de Sinaloa y el Distrito Federal, ningún estado ha renovado una orden.
Por ello, para María de la Luz Estrada, coordinadora del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, es necesario que el poder legislativo reforme el apartado de órdenes de protección para las mujeres y elimine la naturaleza precautoria y cautelar para que sea reconocida como un mecanismo autónomo de protección inmediato que garantice y proteja la vida de las mujeres.
En cuanto a las órdenes de protección de emergencia, la autoridad debe desocupar inmediatamente al agresor del domicilio de la víctima; prohibirle el acercamiento a los lugares que frecuenta y el reingreso de la víctima al lugar de residencia, así como la intimidación a ella y sus familiares.
En cuanto a las órdenes preventivas se retienen armas de fuego propiedad del agresor. Sin embargo, para el Observatorio estas acciones no son suficientes para garantizar el cese de la violencia. Así lo demuestra el caso de Kathya López.
Caso de Kathya López Banda, 27 años
Fue agredida física, verbal y económicamente por su pareja sentimental, por lo que decidió salirse del domicilio conyugal para protegerse a ella y a la hija de ambos. Sin embargo, tiempo después, el padre de la niña, aprovechando la oportunidad, sustrajo a la menor en reiteradas ocasiones para llevársela a Chiapas, estado alejado del lugar de origen de la menor.
Kathya, en la última de estas acciones, tuvo que trasladarse a ese lugar para recuperarla legalmente. Ahí, el presunto agresor manifestó tener relación con políticos y autoridades y dijo que supuestamente obstaculizarían constantemente el proceso judicial en favor de ella, además de perpetuar la violencia de la que era víctima.
En todo este proceso, después de ser detenida y liberada al dar una fianza, una autoridad ordenó que la menor pasara al resguardo de ella, sin embargo, volvió a recibir amenazas del padre de su hija y se vio en la necesidad de pedir una orden de protección. Después de un periodo muy confuso entre los dictámenes judiciales, ella y su hija fueron trasladadas al refugio de San Cristóbal, cuyo personal también recibió amenazas por su presencia.
Ante estos hechos, nuevamente fue traslada a otro refugio, pero las condiciones del lugar le dificultaban continuar con los trámites legales.
Kathya y su hija vivieron un tiempo ocultas, hasta que fue localizada por el padre de la niña en Puebla y allá fue detenida y trasladada ante el Juzgado 1° Civil de San Cristóbal de las Casas para cumplir una orden de localización y presentación, la cual ya había sido suspendida previamente, pero los policías le comentaron que “ellos sólo atendían órdenes superiores”.
Hoy Kathya afirma que la orden de protección funcionó temporalmente, pero no resolvió nada, por el contrario, le generó más problemas legales que aún hoy no terminan, a menos de que acepte las condiciones que le impone el presunto agresor.