Por mayoría de ocho votos a favor y dos en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que un juzgado ordinario del orden civil es el competente para conocer del caso de un delito cometido por un militar contra un civil dentro de las instalaciones militares.
El máximo tribunal del país analizó durante las tres sesiones públicas de esta semana el conflicto competencial 38/2012 que se suscitó entre el Juzgado 5 de Distrito en el Estado de Morelos y el Juzgado 5 Militar, adscrito a la I Región Militar, luego de que ambas instancias rehusaron conocer el caso.
Tras la votación el ministro presidente de la Corte, Juan Silva Meza, levantó la sesión. Se espera que la próxima semana se discuta otro conflicto similar entre un juzgado militar y uno civil, así como 28 amparos en revisión referentes al tema del fuero militar.
El conflicto competencial 38/2012 está relacionado con el caso de Jethro Ramsés Sánchez Santana, joven desaparecido en Cuernavaca, Morelos, por elementos de la 24va Zona Militar en mayo de 2011. El cuerpo de Sánchez Santana apareció meses después en Atlixco, Puebla.
El expediente se refiere a una causa penal instruida contra un coronel de Infantería, en su calidad de encubridor de primera clase, por su probable responsabilidad en la comisión del delito de violencia contra las personas, causando homicidio calificado.
Según consta en los antecedentes del caso, el 1 de mayo de 2011 un civil (Jethro Ramsés) fue presuntamente torturado por dos tenientes del Ejército Mexicano y al parecer el coronel ordenó que se tirara el cuerpo fuera de las instalaciones militares, en lugar de dar parte del delito cometido.
Los ministros del máximo tribunal resolvieron que sí había conflicto competencial entre los dos juzgados, el ordinario civil y el militar.
Asimismo señalaron que el Juzgado 5 de Distrito en el Estado de Morelos es legalmente competente para conocer de los hechos por los que se sigue la causa penal 523/2011, del índice del Juzgado 5 Militar adscrito a la I Región Militar.
En este caso votaron contra los resolutivos los ministros Salvador Aguirre Anguiano y Margarita Luna Ramos; José Ramón Cossío no compartió que el caso se lo lleve un juzgado federal, al plantear que era de índole del fuero común, pero su voto fue a favor de que se lleve a la esfera civil.
Tras la votación el ministro presidente de la Corte, Juan Silva Meza, levantó la sesión. Se espera que la próxima semana se discuta otro conflicto similar entre un juzgado militar y uno civil, así como 28 amparos en revisión referentes al tema del fuero militar.
En julio de 2011, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los militares que cometan delitos que violen los derechos humanos de civiles serán juzgados en el fuero común y federal, y no en tribunales militares.
La SCJN emitió este fallo en cumplimiento a una parte de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que condenó al Estado mexicano por la desaparición forzada del activista Rosendo Radilla en 1974.
Con información de Notimex.