Con 369 votos a favor fue aprobada en la Cámara de Diputados la Ley General de Víctimas que pasará al ejecutivo para sus efectos constitucionales.
Con 369 votos a favor –por unanimidad- #Diputados avalan expedir la Ley General de Atención a Víctimas #SesiónDiputados, pasa al #Ejecutivo
— Canal del Congreso (@CanalCongreso) abril 30, 2012
A continuación, te presentamos un resumen de los principales aportes que incluye esta iniciativa de ley:
Requisitos para ser considerado “víctima”
La iniciativa de ley considera “víctimas directas” a quien acredite haber sufrido en su persona “algún daño” económico, físico, mental, emocional o jurídico, “como consecuencia de la comisión de un delito o violaciones a sus derechos humanos”; además, la ley los define como “víctimas indirectas” a los familiares o personas con una relación directa con el afectado.
¿Qué obligaciones tiene la autoridad?
Los servidores públicos en general deberán brindar a la víctima y sus familiares información clara, precisa y accesible sobre los beneficios que les concede esta ley, así como atención especializada en materia legal, médica y psicológica.
Acceso a la justicia
Según el proyecto de ley, las víctimas tienen derecho a que se realice una investigación judicial pronta y efectiva, que lleve a la identificación, captura, procesamiento y sanción de todos los responsables del daño sufrido.
Servicios disponibles
La ley en discusión establece que la autoridad deberá proporcionar apoyos para que las víctimas satisfagan sus necesidades alimenticias, de abasto, sanitarias, de alojamiento (de manera transitoria), tan pronto como el daño sea reportado a la autoridad. Este aspecto de la ley es tan detallado que se no sólo prevé otorgar a la víctima medios para adquirir alimentos, sino también “utensilios de cocina”.
Fondo de atención
La norma a debate prevé la conformación de un Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral del Daño, con el que se financiará la atención a las víctimas y de donde saldrán las compensaciones económicas que se les asignen, fondo que sería auditado todos los años.
Búsqueda de desaparecidos
La iniciativa legal marca como obligación de la autoridad emprender “de oficio” (es decir, sin necesidad de que medie una petición) la búsqueda de personas desaparecidas, extraviadas, ausentes o no localizadas. Lo anterior incluye la recuperación de cadáveres, su identificación e, incluso, su inhumación.
Justicia simbólicas
Como parte de la restitución de la dignidad de las víctimas, la iniciativa prevé que, por cada caso, se rinda una disculpa pública de parte del Estado, los autores y otras personas involucradas en el hecho punible o en la violación de los derechos.