El gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, envió una iniciativa al Congreso local que busca modificar el Código Penal estatal para que María de Jesús Bravo Pagola y Gilberto Martínez Vera, acusados de “terrorismo equiparado y sabotaje”, puedan alcanzar libertad bajo fianza.
Esto, luego que fueran encarcelados el pasado 25 de agosto tras difundir vía Twitter información falsa que alertaba a la población de supuestos ataques del crimen organizado a planteles educativos de la zona conurbada Veracruz-Boca del Río.
El delito de perturbación del orden no existe, todavía no está tipificado, y se espera que en las próximas horas el Congreso apruebe esta reforma.
Las penas que contempla este delito van de uno a cuatro años de prisión o una multa de 500 a mil días de salario mínimo.
Actualmente, los tuiteros María de Jesús y Gilberto están en prisión acusados de terrorismo, delito que alcanza una pena de tres a 30 años de prisión.
El 31 de agosto, la juez tercera de primera instancia dictó auto de formal prisión a los dos tuiteros, provocando la crítica de organismos internacionales como Reporteros Sin Fronteras (RSF) y Amnistía Internacional (AI).
El anuncio de las modificaciones fue hecho esta mañana en conferencia de prensa por el secretario general de Gobierno, Gerardo Buganza Salmerón, luego que incluso la Iglesia católica apelara a la “clemencia y buen juicio” de Duarte de Ochoa en relación a la causa penal que siguen Bravo Pagola y Martínez Vera.
“Si bien la Iglesia católica reconoció las graves faltas de los llamados tuiteros, también hizo un llamado a formular leyes más justas y menos severas, por ello el interés del gobernador de reclasificar el delito y modificar el código penal”, dijo el funcionario.
¿Qué es lo que dice la Constitución Mexicana sobre el tema?
ARTICULO 14. A NINGUNA LEY SE DARA EFECTO RETROACTIVO EN PERJUICIO DE PERSONA ALGUNA. NADIE PODRA SER PRIVADO DE LA VIDA, DE LA LIBERTAD O DE SUS PROPIEDADES, POSESIONES O DERECHOS, SINO MEDIANTE JUICIO SEGUIDO ANTE LOS TRIBUNALES PREVIAMENTE ESTABLECIDOS, EN EL QUE SE CUMPLAN LAS FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO Y CONFORME A LAS LEYES EXPEDIDAS CON ANTERIORIDAD AL HECHO.
EN LOS JUICIOS DEL ORDEN CRIMINAL QUEDA PROHIBIDO IMPONER, POR SIMPLE ANALOGÍA Y AÚN POR MAYORÍA DE RAZÓN, PENA ALGUNA QUE NO ESTÉ DECRETADA POR UNA LEY EXACTAMENTE APLICABLE AL DELITO QUE SE TRATA.
EN LOS JUICIOS DEL ORDEN CIVIL, LA SENTENCIA DEFINITIVA DEBERÁ SER CONFORME A LA LETRA O A LA INTERPRETACIÓN JURÍDICA DE LA LEY, Y A FALTA DE ÉSTA SE FUNDARÁ EN LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO.
“Ganó la libertad de expresión”: abogado de los tuiteros
“La presión de los medios informativos, Amnistía Internacional y de la sociedad en general obligó al gobierno veracruzano a reconsiderar el caso jurídico de María de Jesús Bravo Pagola y Filiberto Martínez Vera”, dijo Jesús Ordóñez, abogado defensor de los dos usuarios de redes sociales.
Sin embargo, dijo que no está enterado del contenido de la propuesta de Javier Duarte, y que será hasta que sea presentada a las instancias jurídicas correspondientes cuando pueda darse una interpretación de la misma.
Con información de Notimex, El Universal y Milenio.